"No hay en el país voluntad política de proteger a los ciudadanos", afirmó el sociólogo Roberto Briceño León quien advirtió que la impunidad para los homcidios en Venezuela podría llegar al 98%. Pero esto no fue demostrado en la investigación realizada por el Observatorio Venezolano de la Violencia, debido a la imposibilidad de obtener series estadísticas del Ministerio Público y de los tribunales. Afirmó que entre 2007 y 2009 la cifra total de homicidios ha crecido a un ritmo de 10% interanual. Para Briceño, esta cifra de delitos sin castigo refleja el grado de destrucción del tejido social
25 de febrero 2010 | 11:11 pm - Javier Ignacio Mayorca
Una investigación del Observatorio Venezolano de la Violencia determinó que durante los últimos tres años han quedado impunes por lo menos 91 de cada 100 homicidios.
El porcentaje de crímenes sin responsables podría ser aún mayor, advirtió el director de esa organización, sociólogo Roberto Briceño León. La cifra de impunidad se obtuvo al cruzar estadísticas sobre casos de homicidios reportados a la policía judicial entre 1998 y 2009, y las detenciones por ese delito en el mismo lapso. Y es un hecho que muchos de esos detenidos quedan en libertad sin siquiera haber llegado a juicio.
Según Briceño, la impunidad para los homcidios en Venezuela podría llegar al 98%. Pero esto no fue demostrado en la investigación, debido a la imposibilidad de obtener series estadísticas del Ministerio Público y de los tribunales.
El año pasado las policías reportaron 1491 aprehensiones relacionadas con 16047 averiguaciones sobre homicidios. Esto significa que por cada 100 casos quedaron presas solamente 9 personas.
Esa es la misma proporción que se ha visto desde 2007. Sin embargo, entre ese año y 2009 la cifra total de homicidios ha crecido a un ritmo de 10% interanual. En la práctica, el número de casos impunes es cada día mayor.
Voluntad política ausente. El estudio del Observatorio de la Violencia analiza la evolución de la impunidad desde 1998. Ese año entró en vigencia el Código Orgánico Procesal Penal. Desde entonces, con Hugo Chávez en el poder, se han producido tres reformas a esa norma, y otras dos al Código Penal.
El objetivo proclamado por los legisladores ha sido en todos los casos acelerar los procesos judiciales y disminuir la impunidad. Pero de acuerdo con Briceño León el efecto ha sido el contrario.
Según el sociólogo, las modificaciones impuestas al Código Penal en realidad han tenido el interés de proteger al Gobierno de la oposición y no a la ciudadanía de los delincuentes. Eso explicaría por qué se amplía la gama de delitos de opinión, por una parte, y por la otra se le conceden beneficios procesales a reos reincidentes.
"No hay en el país una voluntad política de proteger a los ciudadanos", afirmó.
Familias en luto. Las cifras presentadas por Briceño reflejan una disminución sostenida de la efectividad policial.
En el 98 las autoridades abrieron 4550 averiguaciones por homicidios, y fueron detenidas 5017 personas. Por cada 100 crímenes detuvieron a 110 individuos, lo que a juicio de Briceño es lógico pues en muchos casos hay cómplices.
Desde 2000, sin embargo, el número de detenciones por este delito se ha mantenido entre 1800 y 1200 personas. En consecuencia, entre 1998 y 2009 no se ha hecho justicia en 100.045 casos.
Para Briceño, esta cifra de delitos sin castigo refleja el grado de destrucción del tejido social. A los delincuentes, les transmite el mensaje de que podrán continuar con sus actividades ilegales, e incluso evolucionar a otras como el sicariato.
A las víctimas, la impunidad les transmite la sensación de que no hay estado de derecho, y a la sociedad en general le indica que no vale la pena denunciar pues la ley han sido transformada en letra muerta.
Para Briceño, las condiciones para la impunidad comienzan desde antes de que se cometa el homicidio.
"Cuando en una sociedad no se elogia el cumplimiento de la ley sino a su quebrantamiento; cuando se exalta el delito y se justifica el robo, se sientan las bases para la impunidad", dijo.
Se genera entonces un ciclo en el que según el sociólogo la policía no cumple con su trabajo, al igual que los fiscales del Ministerio Público y los tribunales. Esto ha llegado hasta tal punto que la gente evita relacionarse con las autoridades, "y enterrar ellos mismos sus cadáveres, sin que pasen por la morgue".
http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/124755/Nacional/Impunes-91-de-cada-100-homicidios-por-negligencia-de-cuerpos-del-Estado
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sábado, 27 de febrero de 2010
lunes, 22 de febrero de 2010
TSJ pide a Fiscalía investigar a quienes denuncian al presidente
El máximo tribunal no solo abre abre la posibilidad de que el jefe del Estado actúe penalmente contra quienes lo acusen sino que ya en almenos dos sentencias de la Sala Plena se solicita que se abran averiguaciones contra Antonio Ledezma y Hermann Escarrá por posible calumnia contra el Presidente.
20 de febrero 2010 | 01:54 pm - Vanessa Gómez Quiróz
Los venezolanos que acudan a la Fiscalía General para exigir que se abra un antejuicio de mérito contra el presidente Hugo Chávez Frías pueden ser investigados penalmente si no fundamentan su acusación.
Así se desprende de las últimas siete decisiones de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que desestiman, por petición del Ministerio Público, las solicitudes de antejuicio contra el primer mandatario.
En cuatro de las sentencias se sugiere a Chávez que, si lo considera necesario, actúe penalmente contra quienes lo han denunciado.
Las sentencias número 6, 8, 9 y 12 de este año, publicadas en la página de Internet del TSJ, descartan la posibilidad de investigar a Chávez. Además, en ponencias de los magistrados Luis Martínez y Carmen Zuleta de Merchán, "se ordena remitir copia certificada al ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, presidente de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que conozca el contenido de la presente sentencia y, de así considerarlo, ejerza las acciones legales correspondientes".
De esa manera la Sala Plena del TSJ invita al representante del Ejecutivo a que actúe penalmente contra quienes lo denuncien supuestamente sin justificación legal.
Entre los posibles acusados figuran el constitucionalista Hermann Escarrá, el alcalde Antonio Ledezma, y el ciudadano Ricardo Meneses, que en 2007 pidieron investigar a Chávez. La potestad de comenzar acciones penales contra esas personas no quedó sólo del lado del primer mandatario, pues el TSJ también pidió a la Fiscalía abrir averiguaciones para definir si quienes actuaron contra Chávez lo hicieron con mala intención para calumniarlo. "Se ordena devolver las presentes actuaciones al Ministerio Público con la expresa indicación de que, de estimarlo pertinente de acuerdo con sus atribuciones constitucionales y legales, inicie la averiguación penal correspondiente en contra del denunciante, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico Procesal Penal y en el resto de las disposiciones legales correspondientes".
Las sentencias tienen un promedio 20 páginas cada una, pero en ninguna se precisa por qué se pide enviar copias certificadas al Presidente para que decida si acusa a sus denunciantes.
Sólo en uno de los dictámenes, el número 12 (caso Ledezma), se especifica que es el Ministerio Público el que solicita que se determine si hubo mala intención en la solicitud de antejuicio de mérito del Presidente: "La Sala advierte que, aun cuando tal petición no forma parte del thema decidendum (la desestimación de denuncia planteada), en vista de que la conducta del denunciante pudiera constituir el delito de calumnia contemplado en el artículo 241 del Código Penal se ordena la remisión del expediente al Ministerio Público a los fines legales consiguientes".
http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/123773/Nacional/TSJ-pide-a-Fiscal%C3%ADa-investigar-a-quienes-denuncian-a-Ch%C3%A1vez
20 de febrero 2010 | 01:54 pm - Vanessa Gómez Quiróz
Los venezolanos que acudan a la Fiscalía General para exigir que se abra un antejuicio de mérito contra el presidente Hugo Chávez Frías pueden ser investigados penalmente si no fundamentan su acusación.
Así se desprende de las últimas siete decisiones de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que desestiman, por petición del Ministerio Público, las solicitudes de antejuicio contra el primer mandatario.
En cuatro de las sentencias se sugiere a Chávez que, si lo considera necesario, actúe penalmente contra quienes lo han denunciado.
Las sentencias número 6, 8, 9 y 12 de este año, publicadas en la página de Internet del TSJ, descartan la posibilidad de investigar a Chávez. Además, en ponencias de los magistrados Luis Martínez y Carmen Zuleta de Merchán, "se ordena remitir copia certificada al ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, presidente de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que conozca el contenido de la presente sentencia y, de así considerarlo, ejerza las acciones legales correspondientes".
De esa manera la Sala Plena del TSJ invita al representante del Ejecutivo a que actúe penalmente contra quienes lo denuncien supuestamente sin justificación legal.
Entre los posibles acusados figuran el constitucionalista Hermann Escarrá, el alcalde Antonio Ledezma, y el ciudadano Ricardo Meneses, que en 2007 pidieron investigar a Chávez. La potestad de comenzar acciones penales contra esas personas no quedó sólo del lado del primer mandatario, pues el TSJ también pidió a la Fiscalía abrir averiguaciones para definir si quienes actuaron contra Chávez lo hicieron con mala intención para calumniarlo. "Se ordena devolver las presentes actuaciones al Ministerio Público con la expresa indicación de que, de estimarlo pertinente de acuerdo con sus atribuciones constitucionales y legales, inicie la averiguación penal correspondiente en contra del denunciante, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico Procesal Penal y en el resto de las disposiciones legales correspondientes".
Las sentencias tienen un promedio 20 páginas cada una, pero en ninguna se precisa por qué se pide enviar copias certificadas al Presidente para que decida si acusa a sus denunciantes.
Sólo en uno de los dictámenes, el número 12 (caso Ledezma), se especifica que es el Ministerio Público el que solicita que se determine si hubo mala intención en la solicitud de antejuicio de mérito del Presidente: "La Sala advierte que, aun cuando tal petición no forma parte del thema decidendum (la desestimación de denuncia planteada), en vista de que la conducta del denunciante pudiera constituir el delito de calumnia contemplado en el artículo 241 del Código Penal se ordena la remisión del expediente al Ministerio Público a los fines legales consiguientes".
http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/123773/Nacional/TSJ-pide-a-Fiscal%C3%ADa-investigar-a-quienes-denuncian-a-Ch%C3%A1vez