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sábado, 15 de febrero de 2025

¿Qué significa ser víctima en el proceso penal?


El artículo 121 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) venezolano establece quiénes son considerados víctimas en el proceso penal, ampliando este concepto más allá de la persona directamente afectada por el delito. 


¿Qué significa ser víctima en el proceso penal?


El COPP define a la víctima como aquella persona que sufre un daño o perjuicio como consecuencia de un delito. Sin embargo, esta definición se extiende para incluir a otras personas que, si bien no son directamente afectadas por el delito, tienen un vínculo cercano con la víctima o cuyos derechos pueden verse vulnerados.


¿Quiénes son considerados víctimas según el artículo 121 del COPP?


El artículo 121 COPP establece cinco categorías de víctimas:


1.  Víctima directa: Es la persona que sufre directamente el daño o perjuicio causado por el delito.


2.  Víctimas indirectas: Son aquellas personas que, debido a su relación con la víctima directa, también sufren un perjuicio como consecuencia del delito. Esta categoría incluye:


Cónyuge o persona con relación estable de hecho.

Hijos (incluyendo adoptivos).

Padres (incluyendo adoptivos).

Parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad: Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad son aquellas personas que tienen una relación de parentesco con la víctima del delito, ya sea por lazos de sangre (consanguinidad) o por matrimonio o unión estable de hecho (afinidad).

Parientes por consanguinidad:

Son aquellos que descienden de un mismo tronco común, es decir, que comparten un antepasado en común. El cuarto grado de consanguinidad incluye a las siguientes personas:


Primer grado: Padres e hijos.

Segundo grado: Abuelos, nietos y hermanos.

Tercer grado: Bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos.

Cuarto grado: Primos, hermanos, tíos abuelos y sobrinos nietos.

Herederos, en delitos cuyo resultado sea la incapacidad o muerte de la víctima.


3.  Víctimas en delitos contra incapaces o menores: Se considera víctima a las personas mencionadas en el numeral 2 cuando el delito se comete en perjuicio de un incapaz o menor de 18 años.


4.  Víctimas en delitos contra personas jurídicas: Los socios, accionistas o miembros de una persona jurídica son considerados víctimas en delitos que afecten a la entidad y sean cometidos por quienes la dirigen, administran o controlan.


5.  Víctimas en delitos contra intereses colectivos o difusos: Las asociaciones, fundaciones y otros entes son considerados víctimas en delitos que afecten intereses colectivos o difusos, siempre que su objeto se vincule directamente con esos intereses y se hayan constituido con anterioridad al delito.


Implicaciones del artículo 121 del COPP


Ampliación del concepto de víctima: El artículo 121 del COPP amplía el concepto de víctima más allá de la persona directamente afectada por el delito, reconociendo el impacto que un delito puede tener en otras personas y entidades.


Protección de los derechos de las víctimas: Al reconocer a estas personas como víctimas, el COPP les otorga una serie de derechos procesales, como el derecho a ser informadas, a participar en el proceso penal, a solicitar la reparación del daño, etc.


Representación de las víctimas: Cuando hay varias víctimas, el artículo 121 del COPP establece que deben actuar a través de una sola representación, lo que facilita su participación en el proceso penal.


Importancia del artículo 121 del COPP


El artículo 121 del COPP es fundamental para garantizar la protección de los derechos de las víctimas en el proceso penal venezolano. Al ampliar el concepto de víctima, se reconoce la complejidad de las situaciones que pueden derivarse de un delito y se asegura que todas las personas afectadas tengan la oportunidad de hacer valer sus derechos.


ALGUNAS JURISPRUDENCIAS:


N° de Expediente: CC20-30 N° de Sentencia: 080

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: En la materia especialísima de violencia contra la mujer, la actuación de los jueces no debe estar orientada netamente a un análisis técnico de la norma, sino que debe ajustar su proceder a la justicia social favoreciendo siempre con equidad a las víctimas de delitos en atención a la conducta desplegada por el hombre.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/309996-80-30720-2020-CC20-30.HTML

Jueves, 30 de Julio de 2020


N° de Expediente: C09-190 N° de Sentencia: 353

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Asistencia técnica para interponer Recurso de Casación

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/353-14709-2009-C09-190.HTML

Martes, 14 de Julio de 2009


N° de Expediente: C08-003 N° de Sentencia: 429

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derecho a ser oído-ausencia en Audiencia preliminar- Sobreseimiento

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/429-8808-2008-C08-003.HTML

Viernes, 08 de Agosto de 2008


N° de Expediente: C07-0185 N° de Sentencia: 418

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Participación de la víctima adherida a la acusación fiscal en la etapa procesal del juicio oral.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/418-26707-2007-C07-0185.HTML

Jueves, 26 de Julio de 2007


N° de Expediente: C07-0185 N° de Sentencia: 418

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derechos de la Víctima

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/418-26707-2007-C07-0185.HTML

Jueves, 26 de Julio de 2007


N° de Expediente: C05-0365 N° de Sentencia: A-041

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derecho de la víctima a recurrir

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/A-41-C05-0365.HTM

Jueves, 27 de Abril de 2006


N° de Expediente: C04-0094 N° de Sentencia: 487

Tema: Víctima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derechos de las víctimas

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/487-071204-C040094.HTM

Martes, 07 de Diciembre de 2004


N° de Expediente: C00-1466 N° de Sentencia: 0013

Tema: Victima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derechos de la Víctima. Participación en el Proceso Penal. Modo de Impugnar Decisiones.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/0013-240101-C001466.HTM

Miércoles, 24 de Enero de 2001


N° de Expediente: C00-1047 N° de Sentencia: 1492

Tema: Victima

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derechos de la Víctima.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/1492-211100-C001047.HTM

Martes, 21 de Noviembre de 2000

viernes, 14 de febrero de 2025

Intervención de Comunicaciones según el COPP Venezolano

¿Qué tipo de comunicaciones pueden ser interceptadas o grabadas?


Ambientales: Son aquellas que se realizan en un lugar público (parque, restaurante, etc.).

Telefónicas: Las que se realizan a través de teléfonos fijos o móviles.

Realizadas por cualquier otro medio: Esto abarca cualquier forma de comunicación privada imaginable, como chats en línea, videoconferencias, etc.


¿Cómo se realiza la interceptación o grabación?


Se utilizarán los medios necesarios para capturar la comunicación (micrófonos, software de espionaje, etc.).


¿Qué se hace con el contenido obtenido?


Transcripción: El contenido de la comunicación debe ser transcrito, es decir, pasado a un formato escrito. Esta transcripción se agrega a las actuaciones del caso.


Conservación de las fuentes originales: Se deben conservar las grabaciones originales, asegurando que no sean alteradas y que puedan ser identificadas posteriormente (por ejemplo, para verificar la autenticidad de la transcripción).


¿Cuál es la finalidad de esta medida?


La interceptación o grabación de comunicaciones privadas es una medida de investigación que busca obtener información relevante para un caso penal. Esta información puede ser utilizada como prueba en el juicio.


¿Qué garantías existen para proteger el derecho a la privacidad?


Aunque el artículo 205 del COPP establece la posibilidad de interceptar comunicaciones privadas, es fundamental recordar que este tipo de medida está sujeta a límites y controles estrictos para proteger el derecho a la privacidad de las personas. Estos controles incluyen:


Autorización judicial: La interceptación o grabación de comunicaciones privadas solo puede ser realizada con autorización judicial, previa solicitud del Ministerio Público y cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 206 del COPP.


Motivación: La decisión del juez que autoriza la interceptación debe ser motivada, es decir, debe explicar las razones por las que se considera necesaria esta medida.


Limitación temporal: La interceptación o grabación tiene una duración limitada, que no puede exceder de 30 días, aunque pueden acordarse prórrogas.


Confidencialidad: La información obtenida a través de la interceptación o grabación es confidencial y solo puede ser utilizada para la investigación penal.


El artículo 205 del COPP regula la interceptación o grabación de comunicaciones privadas como una medida de investigación excepcional, sujeta a estrictos requisitos y controles para proteger el derecho a la privacidad. Esta medida solo puede ser autorizada por un juez, previa solicitud del Ministerio Público y cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 206 del COPP.

Como decíamos, el artículo 206 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) venezolano regula la intervención de comunicaciones privadas como una actividad probatoria excepcional, sujeta a estrictos y obligatorios requisitos para garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa. 


A continuación, se detalla cada paso y aspectos claves:


1. Solicitud Razonada del Ministerio Público:


¿Quién la realiza? El Ministerio Público, como titular de la acción penal, es el encargado de solicitar la autorización judicial para la intervención de comunicaciones.


¿Ante quién? La solicitud se presenta ante el Juez de Control del lugar donde se realizará la intervención.


¿Qué debe contener? La solicitud debe ser "razonada", es decir, debe exponer de forma clara y precisa los motivos que justifican la necesidad de la intervención, incluyendo:


  • Delito investigado: Se debe especificar el delito que se investiga y los indicios que hacen presumir su comisión.
  • Tiempo de duración: Se debe indicar el tiempo de duración de la intervención, que no puede exceder de 30 días.
  • Medios técnicos: Se deben detallar los medios técnicos que se utilizarán para la intervención (e.g., interceptación telefónica, grabación de conversaciones). Qué equipos se van a utilizar.
  • Sitio o lugar: Se debe señalar el sitio o lugar desde donde se efectuará la intervención.


2. Prórrogas:


¿Son posibles? Sí, el artículo prevé la posibilidad de acordar prórrogas sucesivas mediante el mismo procedimiento y por lapsos iguales.


¿Qué implica? Esto significa que cada prórroga debe ser solicitada y autorizada por el Juez de Control, cumpliendo con los mismos requisitos que la solicitud inicial.


3. Solicitud Directa del Órgano de Policía o Seguridad (PNB, GNB, DGSIM, etc.):


¿Cuándo es posible? En casos de "necesidad y urgencia", debidamente justificados, el órgano de policía de investigaciones penales puede solicitar directamente al Juez de Control la orden de intervención.


¿Qué implica? Esta excepción se aplica cuando existe un riesgo inminente de pérdida de pruebas o de posible fuga de un imputado, y no hay tiempo suficiente para que el Ministerio Público realice la solicitud formal. Es válido por la urgencia, tomas esas actividades extremas, y en particular en operativos de inteligencia.


¿Requisitos?


Autorización del Fiscal del Ministerio Público: El órgano de policía debe obtener la autorización del Ministerio Público por cualquier medio, y esta autorización debe constar en la solicitud.

Justificación de la necesidad y urgencia: Se deben explicar de forma clara y detallada las razones por las que se considera necesaria y urgente la intervención.

Cumplimiento de los demás requisitos: Se deben cumplir los demás requisitos establecidos en el artículo, como la especificación del delito investigado, el tiempo de duración, los medios técnicos y el lugar de la intervención.


4. Decisión del Juez:


¿Cómo debe ser? La decisión del Juez que acuerde la intervención debe ser "motivada", es decir, debe exponer las razones que justifican la autorización.


¿Qué debe contener? La decisión debe contener todos los extremos del artículo, incluyendo:


  • Delito investigado.
  • Tiempo de duración de la intervención.
  • Medios técnicos a ser empleados.
  • Sitio o lugar desde donde se efectuará la intervención.
  • Motivación de la decisión.


5. Valoración Probatoria:


¿Qué implica? Para que la prueba obtenida mediante la intervención de comunicaciones sea válida y pueda ser valorada por el tribunal, se deben cumplir estrictamente todos los requisitos establecidos en el artículo 206 del COPP.


¿Qué ocurre si no se cumplen los requisitos? Si se omite alguno de los requisitos, la prueba puede ser considerada nula por violación del art. 187 del COPP sobre algún asunto técnico de la cadena de custodia o por el art. 174 del COPP y no podrá ser utilizada en el juicio.


Importancia del Cumplimiento de los Requisitos:


El cumplimiento estricto de los requisitos establecidos en los artículos 205 y 206 del COPP son fundamentales para garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa. La intervención de comunicaciones privadas es una medida intrusiva que puede afectar gravemente la intimidad y la privacidad de las personas. Por lo tanto, es necesario que se realice con todas las garantías y bajo el control judicial, para evitar abusos y proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos.

En resumen, en el COPP establece un procedimiento riguroso para la intervención de comunicaciones privadas, con el objetivo de garantizar que esta actividad probatoria se realice de manera legal y respetuosa de los derechos fundamentales. El Fiscal del Ministerio Público y el órgano de policía deben cumplir con todos los requisitos establecidos en el artículo, y el Juez de Control debe motivar su decisión y asegurarse de que se respeten los derechos de las partes.

Breve Análisis del Artículo 174 del COPP: Nulidades en el Proceso Penal Venezolano


El artículo 174 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) establece un principio fundamental en el sistema procesal penal venezolano: la nulidad de los actos процеales que contravengan las disposiciones legales y constitucionales. Este artículo consagra la regla de que los actos viciados no pueden ser utilizados para fundamentar una decisión judicial, a menos que el vicio haya sido subsanado o convalidado.


Sentido y Alcance del Artículo 174


El artículo 174 del COPP se fundamenta en la necesidad de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes en el proceso penal. Su objetivo principal es asegurar la legalidad de los actos процеales y evitar que se tomen decisiones judiciales basadas en actuaciones irregulares o ilícitas.


Este artículo establece que cualquier acto процеal que se haya realizado en contravención o inobservancia de las condiciones previstas en el COPP, la Constitución, las leyes, tratados internacionales o acuerdos suscritos y ratificados por Venezuela, será nulo y no podrá ser utilizado para fundamentar una decisión judicial.


Consecuencias en los Procesos Penales


La declaración de nulidad de un acto процеal tiene diversas consecuencias en el proceso penal:


1.  Ineficacia del acto nulo: El acto viciado carece de validez y no produce ningún efecto jurídico.

2.  Imposibilidad de fundamentar decisiones: Las decisiones judiciales no pueden basarse en actos nulos.

3.  Obligación de subsanar o convalidar: El tribunal debe ordenar la subsanación del vicio, si es posible, o la convalidación del acto por la parte afectada.

4.  Nulidad de actos derivados: Los actos que se deriven de un acto nulo también serán nulos.

5.  Responsabilidad disciplinaria: La realización de actos nulos puede generar responsabilidad disciplinaria para los funcionarios judiciales.


Tesis Constitucionales de Nulidad


La jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia ha desarrollado una serie de tesis constitucionales sobre la nulidad de los actos procesales, entre las que destacan:


1.  Nulidad absoluta: Se produce cuando el acto viciado afecta derechos fundamentales o principios constitucionales. La nulidad absoluta puede ser declarada de oficio por el tribunal o a petición de parte, y no es susceptible de subsanación o convalidación, a menos que esta ocurra en tres supuestos:


Convalidación 

Artículo 178 del COPP. Salvo los casos de nulidad absoluta, los actos anulables quedarán convalidados en los siguientes casos:

1. Cuando las partes no hayan solicitado oportunamente su saneamiento.

2. Cuando quienes tengan derecho a solicitarlo hayan aceptado, expresa o tácitamente, los efectos del acto.

3. Si, no obstante la irregularidad, el acto ha conseguido su finalidad.


2.  Nulidad relativa: Se produce cuando el acto viciado afecta normas legales de carácter secundario. La nulidad relativa solo puede ser declarada a petición de parte, y es susceptible de subsanación o convalidación.

3.  Nulidad por violación del debido proceso: Se produce cuando se vulnera el derecho al debido proceso, como el derecho a la defensa, el derecho a ser oído, el derecho a la prueba, etc.

4.  Nulidad por violación de la cosa juzgada: Se produce cuando se dicta una decisión judicial que contradice una sentencia anterior con carácter de cosa juzgada.


Aspectos Trascendentales


El artículo 174 del COPP y la jurisprudencia sobre nulidades son fundamentales para garantizar la legalidad y la justicia en el proceso penal venezolano. Estos principios protegen los derechos de las partes y evitan que se tomen decisiones judiciales basadas en actos irregulares o ilícitos.


Es importante destacar que la nulidad de un acto procesal no siempre implica la nulidad de todo el proceso. El tribunal debe analizar cada caso en particular y determinar si el vicio afecta la validez de otros actos procesales o si puede ser subsanado sin afectar el derecho a la defensa de las partes.


En conclusión, el artículo 174 del COPP y la doctrina de las nulidades son pilares fundamentales del sistema procesal penal venezolano. Su correcta aplicación es esencial para garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la justicia de las decisiones judiciales.


ALGUNAS JURISPRUDENCIAS:

N° de Expediente: A24-568 N° de Sentencia: 607

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Todos los Tribunales de la República Bolivariana de Venezuela, en materia penal, deben concebir que el proceso como conjunto de actos, esta sometido a formalidades esenciales y precisamente esas formas y reglas significan una garantía para la mejor administración de justicia y la aplicación del derecho, obteniéndose así ciertos valores como la seguridad jurídica, la certeza y la equidad.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/339381-607-221124-2024-A24-568.HTML

Viernes, 22 de Noviembre de 2024


N° de Expediente: C24-380 N° de Sentencia: 522

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El proceso, desde el punto de vista jurídico,fue concebido con la intención de “cumplir con los fines del Derecho, a saber: seguridad jurídica en cuanto se trata de un estatuto positivo y obligatorio, en el cual se determinan las fases, modo, tiempos y formas de cumplir con los actos que integran el proceso”.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/338074-522-231024-2024-C24-380.HTML

Miércoles, 23 de Octubre de 2024


N° de Expediente: C24-348 N° de Sentencia: 493

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Si se da un acto con vicios en aspectos sustanciales relativos al trámite -única manera de concebir el fundamento del acto- esto es, los correspondientes a la formación de la actividad, entonces nace forzosamente la nulidad.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/337723-493-111024-2024-C24-348.HTML

Viernes, 11 de Octubre de 2024


N° de Expediente: C24-306 N° de Sentencia: 456

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes a la intervención, asistencia y representación del imputado, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/337219-456-13824-2024-C24-306.HTML

Martes, 13 de Agosto de 2024


N° de Expediente: CC24-285 N° de Sentencia: 401

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes a la intervención, asistencia y representación del imputado o imputada, en los casos y formas que este Código establezca, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/335727-401-19724-2024-CC24-285.HTML

Viernes, 19 de Julio de 2024


N° de Expediente: A24-84 N° de Sentencia: 362

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: En sentido estricto el desorden procesal, consiste en la subversión de los actos procesales, lo que produce la nulidad de las actuaciones, al desestabilizar el proceso, y que en sentido amplio es un tipo de anarquía procesal, que se subsume en la teoría de las nulidades procesales.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/335493-362-4724-2024-A24-84.HTML

Jueves, 04 de Julio de 2024


N° de Expediente: C23-394 N° de Sentencia: 520

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La vitia in procedendo, llamada también vicios de la actividad procesal e infracción de las formas, constituyen, pues, irregularidades o defectos o errores en el procedimiento, en las reglas formales. Supone la inaplicación o aplicación defectuosa de las normas adjetivas que afecta el trámite del proceso y/o los actos procesales que lo componen.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/331030-520-41223-2023-C23-394.HTML

Lunes, 04 de Diciembre de 2023


N° de Expediente: C23-294 N° de Sentencia: 546

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La sentencia debe tener la capacidad de ofrecer con análisis fáctico y jurídico, racional y proporcional de las circunstancias planteadas, por cuanto le corresponde alcanzar el convencimiento de las partes en relación a la justicia impartida.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/331059-546-41223-2023-C23-294.HTML

Lunes, 04 de Diciembre de 2023


N° de Expediente: C23-292 N° de Sentencia: 369

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El sistema de nulidades previsto en el Código Orgánico Procesal Penal no constituye un recurso ordinario, sino una solución procesal para sanear los actos defectuosos por omisión de formalidades, y en consecuencia ser revocados siempre que se haya vulnerado alguna garantía constitucional.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/329549-369-201023-2023-C23-292.HTML

Viernes, 20 de Octubre de 2023


N° de Expediente: A23-128 N° de Sentencia: 305

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El desorden procesal, consiste en la subversión de los actos procesales, produce la nulidad de las actuaciones, desestabiliza el proceso, y en sentido amplio es un tipo de anarquía procesal, que se subsume en la teoría de las nulidades procesales.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/327902-305-4823-2023-A23-128.HTML

Viernes, 04 de Agosto de 2023

N° de Expediente: C23-214 N° de Sentencia: 249

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La notificación de las partes interesa al orden público constitucional y legal, por cuanto el propósito del legislador fue el aseguramiento de que las mismas fueran practicadas de tal suerte que quedara inequívocamente acreditado en los autos, que las partes adquirieron conocimiento de la decisión tomada por el órgano jurisdiccional, así como de sus consecuencias jurídicas.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327080-249-14723-2023-C23-214.HTML

Viernes, 14 de Julio de 2023


N° de Expediente: C23-67 N° de Sentencia: 130

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Excepciones. Toda actividad del proceso penal, necesita para su validez cumplir con ciertos requisitos básicos, estrictamente formales y los que se refieren al núcleo de dicha actividad. La importancia para el proceso es que las reglas básicas sobre el cumplimiento de los actos y los actos mismos estén adecuadamente realizados, ya que el principio rector que debe gobernar a la justicia es el efectivo cumplimiento del debido proceso.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/324422-130-14423-2023-C23-67.HTML

Viernes, 14 de Abril de 2023


N° de Expediente: C23-25 N° de Sentencia: 128

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes a la intervención, asistencia y representación del imputado o imputada, en los casos y formas que este Código establezca, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/324403-128-14423-2023-C23-25.HTML

Viernes, 14 de Abril de 2023


N° de Expediente: C22-377 N° de Sentencia: 032

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: En el ordenamiento jurídico positivo el sistema de nulidades no constituye un recurso ordinario, sino una solución procesal para sanear los actos defectuosos por omisión de formalidades y, en consecuencia ser revocados siempre que se haya vulnerado alguna garantía constitucional.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/322710-032-17223-2023-C22-377.HTML

Viernes, 17 de Febrero de 2023


N° de Expediente: C22-383 N° de Sentencia: 034

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Los actos cumplidos en contravención o con inobservancia de las estipulaciones establecidas en el texto adjetivo penal, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, tratados, convenios, y acuerdos internacionales, no podrán ser apreciados para fundar una decisión judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, salvo que el defecto haya sido subsanado o convalidado.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/322712-034-17223-2023-C22-383.HTML

Viernes, 17 de Febrero de 2023


N° de Expediente: C22-342 N° de Sentencia: 415

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Toda actividad realizada en el proceso penal, necesita para su validez cumplir con ciertos requisitos básicos esperados, esto serían, los estrictamente formales y los que se refieren al núcleo de dicha actividad.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/321668-415-81222-2022-C22-342.HTML

Jueves, 08 de Diciembre de 2022


N° de Expediente: C22-260 N° de Sentencia: 398

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El Juez de Primera Instancia en Funciones de Control, es el funcionario encargado de controlar las fases de investigación e intermedia del procedimiento penal ordinario.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/321038-398-251122-2022-C22-260.HTML

Viernes, 25 de Noviembre de 2022


N° de Expediente: C22-228 N° de Sentencia: 300

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las formas no se establecen porque sí, sino por una finalidad trascendente, las cuales son necesarias en cuanto cumplan un fin y representen una garantía, por eso el Código Orgánico Procesal Penal no contempla unas normas rígidas, sino flexibles e idóneas para cumplir su función; siendo una exigencia constitucional y procesal que el juez o jueza de mérito debe aplicar de manera correcta las disposiciones jurídicas.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/320143-300-261022-2022-C22-228.HTML

Martes, 25 de Octubre de 2022


N° de Expediente: C22-190 N° de Sentencia: 244

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Debe ratificarse el carácter de orden público de los lapsos procesales predeterminados en los cuerpos normativos, como fórmulas adecuadas para la tramitación y solución de los conflictos penales.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/318503-244-4822-2022-C22-190.HTML

Jueves, 04 de Agosto de 2022


N° de Expediente: C22-39 N° de Sentencia: 049

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las notificaciones de los actos procesales, cualquiera que estos sean, interesan al orden público constitucional y legal, por cuanto el propósito del legislador fue el aseguramiento de que las mismas fueran practicadas de tal manera que quedara inequívocamente acreditado en autos que las partes tengan conocimiento de la decisión tomada por el órgano jurisdiccional.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/315714-049-23222-2022-C22-39.HTML

Miércoles, 23 de Febrero de 2022


N° de Expediente: C21-10 N° de Sentencia: 040

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las notificaciones de las partes, de los actos procesales, interesan al orden público constitucional y legal.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/312083-040-13521-2021-C21-10.HTML

Jueves, 13 de Mayo de 2021


N° de Expediente: C21-27 N° de Sentencia: 032

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El juez de control en fase intermedia debe evaluar la admisibilidad de la excepción propuesta y ello trae la interrogante sobre la posibilidad de recurribilidad de la decisión que declara inadmisible la misma.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/312075-032-13521-2021-C21-27.HTML

Jueves, 13 de Mayo de 2021


N° de Expediente: C19-181 N° de Sentencia: 225

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La constitución del acto para que tenga eficacia y vigencia debe estar integrado por la voluntad, el objeto, la causa y la forma, satisfaciendo los tres primeros aspectos los requisitos intrínsecos y el último los extrínsecos

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/307799-225-281019-2019-C19-181.HTML

Lunes, 28 de Octubre de 2019


N° de Expediente: C18-74 N° de Sentencia: 174

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Si se da un acto con vicios en aspectos sustanciales relativos al trámite -única manera de concebir el fundamento del acto- esto es, los correspondientes a la formación de la actividad, entonces nace forzosamente la nulidad.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/212098-174-11618-2018-C18-74.HTML

Lunes, 11 de Junio de 2018


N° de Expediente: C15-332 N° de Sentencia: 629

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El ejercicio de la potestad que conduce a la nulidad de los actos procesales debe hacerse restringidamente. …”, las partes no pueden pretender impugnar un fallo a través de una solicitud de nulidad cuando la causa está siendo objeto de un recurso, en este caso el de casación.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/181572-629-21015-2015-C15-332.HTML

Viernes, 02 de Octubre de 2015


N° de Expediente: C14-368 N° de Sentencia: 193

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El ejercicio de la potestad que conduce a la nulidad de los actos procesales debe hacerse restringidamente

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/176432-193-17415-2015-C14-368.HTML

Viernes, 17 de Abril de 2015


N° de Expediente: C14-326 N° de Sentencia: 134

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Lapsos. Las solicitudes referidas a la declaratoria de nulidad de un acto procesal están sometidas a lapsos preclusivos sólo en aquellos casos que el acto afectado de nulidad pudiese ser convalidado.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/175850-134-23315-2015-C14-326.HTML

Lunes, 23 de Marzo de 2015


N° de Expediente: C14-214 N° de Sentencia: 075

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La nulidad no constituye un recurso ordinario, es decir, las partes no pueden emplear esta figura como medio de impugnación de una sentencia

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/175225-075-9315-2015-C14-214.HTML

Lunes, 09 de Marzo de 2015


N° de Expediente: A12-70 N° de Sentencia: 301

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Reposición - Objeto y Fin.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/169965-301-81014-2014-A12-70.HTML

Miércoles, 08 de Octubre de 2014


N° de Expediente: C08-370 N° de Sentencia: 305

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades absolutas

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/305-2811-2011-C08-370.HTML

Martes, 02 de Agosto de 2011


N° de Expediente: N10-189 N° de Sentencia: 032

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades no Convalidables o Absolutas y Nulidades Saneables

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/032-10211-2011-N10-189.HTML

Jueves, 10 de Febrero de 2011


N° de Expediente: C09-315 N° de Sentencia: 092

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Relativas.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/092-9410-2010-C09-315.HTML

Viernes, 09 de Abril de 2010


N° de Expediente: C09-315 N° de Sentencia: 092

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Absolutas

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/092-9410-2010-C09-315.HTML

Viernes, 09 de Abril de 2010


N° de Expediente: C09-121 N° de Sentencia: 205

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recursos previos a la Solicitud de Nulidad

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/205-14509-2009-C09-121.HTML

Jueves, 14 de Mayo de 2009


N° de Expediente: C09-121 N° de Sentencia: 205

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Solicitudes de Nulidad no convalidable-Lapso

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/205-14509-2009-C09-121.HTML

Jueves, 14 de Mayo de 2009


N° de Expediente: C09-121 N° de Sentencia: 205

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Solicitud de Nulidad-Acto Procesal Lapso Preclusivo

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/205-14509-2009-C09-121.HTML

Jueves, 14 de Mayo de 2009


N° de Expediente: C08-276 N° de Sentencia: 387

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Código de Enjuiciamiento Criminal-Recurso de Nulidad.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/387-29708-2008-C08-276.HTML

Martes, 29 de Julio de 2008


N° de Expediente: CC07-0236 N° de Sentencia: 430

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Solicitud de nulidad-Procedimiento-Competencia.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/430-27707-2007-CC07-0236.HTML

Viernes, 27 de Julio de 2007


N° de Expediente: C05-0558 N° de Sentencia: A-067

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de Casación-Deben denunciarse con la norma infringida

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/A-67-C05-0558.HTM

Martes, 20 de Junio de 2006


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidad -Planteamiento a instancia de partes o de oficio

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Acto nulo - Recursos - Nulidad del acto procesal - Nulidad del acto viciado - Aplicación de los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal cuando se tratan de nulidades absolutas

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las nulidades absolutas han de llevarse a la Instancia Superior

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Principio de Nulidad - El debido proceso y la igualdad entre las partes

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades absolutas - Ex officio y de pleno derecho

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades implícitas

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las nulidades absolutas pueden ser invocadas en cualquier momento - Condiciones

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las nulidades absolutas pueden ser denunciadas en cualquier estado y grado del proceso

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades saneables

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Solicitud de nulidad absoluta en beneficio de las partes

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Nulidades implícitas o virtuales

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/003-110102-010578.HTM

Viernes, 11 de Enero de 2002


N° de Expediente: 00-383 N° de Sentencia: 22

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las nulidades que pueden declararse a instancia de parte.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/febrero/022-150201-00383.HTM

Jueves, 15 de Febrero de 2001


N° de Expediente: 00-428 N° de Sentencia: 03

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Extremos señalados por la ley.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/enero/003-240101-00428.HTM

Miércoles, 24 de Enero de 2001


N° de Expediente: CC00-1155 N° de Sentencia: 1238

Tema: Nulidades

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Resolución de Solicitud de Nulidades. Art. 207. COPP.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/septiembre/1238-280900-CC001155.HTM

Jueves, 28 de Septiembre de 2000

jueves, 13 de febrero de 2025

La Revisión Constitucional en Venezuela: Un Recurso Extraordinario contra Sentencias Penales Condenatorias Firmes


La revisión constitucional, en el contexto del ordenamiento jurídico venezolano, se erige como un recurso extraordinario de impugnación contra sentencias condenatorias firmes. Su propósito primordial es la corrección de "errores judiciales" que hayan podido conducir a una condena injusta, incluso cuando la sentencia ya ha adquirido el carácter de cosa juzgada.


Fundamento Constitucional


En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), tenemos el Artículo 336 que nos dice, cuáles son las atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En el numeral 10 se establece que puede revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva.

La Revisión Constitucional ha sido desarrollada jurisprudencialmente y se fundamenta en la interpretación sistemática de diversos derechos y principios constitucionales, tales como:


Derecho a la Defensa (Art. 49 CRBV): Este derecho fundamental implica la posibilidad de impugnar decisiones judiciales que vulneren los derechos del acusado.

Debido Proceso (Art. 49 CRBV): La revisión constitucional se concibe como una garantía para asegurar el respeto al debido proceso y evitar condenas injustas.

Acceso a la Justicia (Art. 26 CRBV): Este derecho comprende la posibilidad de obtener una revisión de decisiones judiciales que hayan incurrido en errores graves.


Naturaleza y Finalidad del Recurso


El recurso de revisión se caracteriza por ser:


Extraordinario: Procede únicamente contra sentencias condenatorias firmes, es decir, aquellas contra las cuales no cabe ningún otro recurso ordinario.

Limitado: Solo puede ser interpuesto por motivos específicos y taxativamente establecidos en la ley.

Favorable al reo: Opera siempre en favor del condenado, lo que se deriva del principio non bis in ídem y la presunción de inocencia.


Su finalidad principal es la corrección de errores judiciales que hayan generado una condena injusta, ya sea por:


Errores de hecho: Cuando la sentencia se basa en una apreciación errónea de las pruebas.

Errores de derecho: Cuando la sentencia aplica incorrectamente una norma jurídica.

Violación de derechos fundamentales: Cuando la sentencia vulnera derechos constitucionales del acusado.


Legitimación


La legitimación para interponer el recurso de revisión recae en el condenado o su defensor, quienes tienen un interés directo en que cese la sentencia condenatoria fundada en error. La legitimación se fundamenta en el perjuicio que la sentencia errónea causa al condenado, afectando sus derechos fundamentales, como la libertad y el debido proceso.


Principio Non Bis In Ídem


El recurso de revisión se concibe como una garantía para evitar la doble condena por un mismo hecho punible, en consonancia con el principio non bis in ídem. Este principio, de raigambre constitucional, impide que una persona sea juzgada y condenada dos veces por el mismo delito. La revisión constitucional, al ser un recurso extraordinario que sólo opera a favor del reo, refuerza este principio y protege al condenado de una posible doble punición.


La revisión constitucional se erige como un mecanismo excepcional para corregir errores judiciales que hayan dado lugar a condenas injustas. Su naturaleza extraordinaria, su finalidad de enmendar errores y su carácter favorable al reo la configuran como una garantía fundamental para la protección de los derechos humanos y el debido proceso en el sistema de justicia penal venezolano.


ALGUNAS JURISPRUDENCIAS:


N° de Expediente: RV24-428 N° de Sentencia: 492

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Se vulneraría la garantía del debido proceso al admitir un medio impugnativo que no puede resolverse sobre la base de la unidad de procedimientos característicos de la acumulación de pretensiones en general.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/337722-492-111024-2024-RV24-428.HTML

Viernes, 11 de Octubre de 2024


N° de Expediente: RV24-263 N° de Sentencia: 319

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El ejercicio del recurso de revisión está supeditado como una vía para remediar una sentencia firme que constituyó cosa juzgada y que está viciada por un error que desvirtúa el hecho delictual que dio origen al proceso.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/335181-319-13624-2024-RV24-263.HTML

Jueves, 13 de Junio de 2024


N° de Expediente: CC24-71 N° de Sentencia: 113

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión, deberá dirigirse a impugnar sentencias firmes que cumplan los requisitos previstos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, por los sujetos legitimados conforme al artículo 463 eiusdem, y mediante escrito fundado, ex artículo 464 ibidem.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/333049-113-14324-2024-CC24-71.HTML

Jueves, 14 de Marzo de 2024


N° de Expediente: CC24-71 N° de Sentencia: 113

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión, como mecanismo procesal capaz de enervar el carácter de la cosa juzgada, solo puede ser admitido cuando se cumplan, de manera concurrente, los requisitos taxativamente contemplados en el citado artículo 462 del texto adjetivo penal.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/333049-113-14324-2024-CC24-71.HTML

Jueves, 14 de Marzo de 2024


N° de Expediente: C23-109 N° de Sentencia: 160

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión de sentencia condenatoria, regulado en los artículos (462 al 469) del texto adjetivo penal constituye la excepción más importante al principio de la res iudicata, erigido en la norma rectora contenida en el artículo 21 eiusdem, el cual establece que el juicio, una vez concluido por sentencia firme, no puede ser reabierto, salvo en el caso de la revisión del fallo.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/324862-160-5523-2023-C23-109.HTML

Viernes, 05 de Mayo de 2023


N° de Expediente: RV23-61 N° de Sentencia: 053

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La finalidad que persigue el recurso de revisión, a saber, la corrección de “errores judiciales” que conlleven una condena injusta, o bien, mejorar la situación del penado, cuando se promulgue una ley penal que suprima el carácter punible del hecho o disminuya la pena establecida.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/323307-053-10323-2023-RV23-61.HTML

Viernes, 10 de Marzo de 2023


N° de Expediente: RV22-146 N° de Sentencia: 206

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La finalidad del recurso de revisión, es la corrección de “errores judiciales” que conlleven una condena injusta o mejorar la situación del penado, cuando se promulgue una ley penal que suprima el carácter punible del hecho o disminuya la pena establecida.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/317494-206-22622-2022-RV22-146.HTML

Miércoles, 22 de Junio de 2022


N° de Expediente: RR22-34 N° de Sentencia: 048

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Legitimación: Las personas que se encuentran legitimadas para interponer el recurso de revisión son aquellas que posean un interés en que cese la sentencia condenatoria fundada en error, bien porque no se apreciaron todas las circunstancias o no se dictó con apego a la verdad.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/315713-048-23222-2022-RR22-34.HTML

Miércoles, 23 de Febrero de 2022


N° de Expediente: RR22-34 N° de Sentencia: 048

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El carácter extraordinario del Recurso de Revisión como medio de impugnación contra la sentencia condenatoria firme, tiene por finalidad la corrección de “errores judiciales que conlleven [a] una condena injusta, o bien, mejorar la situación del reo, cuando se promulgue una ley penal que suprima el carácter punible del hecho o disminuya la pena establecida.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/315713-048-23222-2022-RR22-34.HTML

Miércoles, 23 de Febrero de 2022


N° de Expediente: RV21-144 N° de Sentencia: 140

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión es un medio de impugnación de carácter extraordinario, que procede contra la sentencia condenatoria firme, obra en todo tiempo a favor, únicamente, del penado, ratificando así el principio non bis in idem, Denotándose la intención del Estado de no perjudicarlo en sus derechos fundamentales del debido proceso y libertad, entre otros.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/313785-140-151021-2021-RV21-144.HTML

Viernes, 15 de Octubre de 2021


N° de Expediente: RR21-29 N° de Sentencia: 038

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión es un medio de impugnación de carácter extraordinario, que procede sobre sentencia condenatoria firme, aquella que ha adquirido el carácter de cosa juzgada en virtud de haberse agotado o no ser procedentes contra dicha condenatoria recurso alguno.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/312081-038-13521-2021-RR21-29.HTML

Jueves, 13 de Mayo de 2021


N° de Expediente: V18-319 N° de Sentencia: 020

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Preeminencia del Valor Justicia sobre el principio de seguridad jurídica. La interposición de dicho recurso de revisión, a diferencia del resto de los medios de impugnación consagrados en la ley adjetiva penal, no se encuentra sujeta a un lapso de caducidad, sino que, por el contrario, tal como lo dispone el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, podrá ser ejercido en cualquier tiempo después de la publicación de la sentencia condenatoria que haya adquirido el carácter de cosa juzgada.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/303827-020-18219-2019-V18-319.HTML

Lunes, 18 de Febrero de 2019


N° de Expediente: C18-162 N° de Sentencia: 231

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Impugnabilidad Objetiva. El recurso de revisión se plantea contra una sentencia firme; es decir, una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que, en principio, ya no admite impugnación por conducto de los medios y recursos ordinarios y extraordinarios (salvo los recursos de revisión penal o constitucional, en el marco del ordenamiento jurídico venezolano).

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/300582-231-6818-2018-C18-162.HTML

Lunes, 06 de Agosto de 2018


N° de Expediente: 16-295 N° de Sentencia: 022

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de interpretación es preventivo y de carácter excepcional, como lo es declarar el sentido y alcance de una norma de rango legal y evitar así las dudas que pudieran ir en desmedro de los derechos constitucionales de las partes.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/196035-022-13217-2017-16-295.HTML

Lunes, 13 de Febrero de 2017


N° de Expediente: 16-353 N° de Sentencia: 474

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Admisibilidad. La inadmisibildad de este recurso surge porque el supuesto de la existencia de dos o más sentencias contradictorias, no fue presentada en los términos de la ley ni con medios probatorios por los impugnantes.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/192982-474-211116-2016-16-353.HTML

Lunes, 21 de Noviembre de 2016

N° de Expediente: C15-491 N° de Sentencia: 064

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las formalidades de ley no pueden ser relajadas por las partes y menos aún inobservadas por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, constituyendo la falta de fundamentación de la recurrente otra causal para la desestimación del recurso de casación propuesto, en el entendido que el mismo no cumple con los requisitos de ley.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/184950-064-10216-2016-C15-491.HTML

Miércoles, 10 de Febrero de 2016


N° de Expediente: 13-198 N° de Sentencia: 292

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Conocimiento del recurso de Revisión por la Sala Penal - Competencia

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/292-6813-2013-13-198.HTML

Martes, 06 de Agosto de 2013


N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de Revisión

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/387-18810-2010-C10-182.HTML

Miércoles, 18 de Agosto de 2010


N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Inimpugnabilidad de la resolución.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/387-18810-2010-C10-182.HTML

Miércoles, 18 de Agosto de 2010


N° de Expediente: 08-438 N° de Sentencia: 30

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Admisibilidad.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/enero/30-29109-2009-08-438.HTML

Jueves, 29 de Enero de 2009


N° de Expediente: 07-0369 N° de Sentencia: 681

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Admisibilidad del recurso

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/681-41207-2007-07-0369.HTML

Martes, 04 de Diciembre de 2007


N° de Expediente: C07-0476 N° de Sentencia: 653

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Competencia

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/653-151107-2007-C07-0476.HTML

Jueves, 15 de Noviembre de 2007


N° de Expediente: C06-0138 N° de Sentencia: 408

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Las decisiones de las cortes de apelaciones que resuelven recursos de revisión no tienen casación.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/C06-0138-408.HTM

Jueves, 10 de Agosto de 2006


N° de Expediente: 06-0098 N° de Sentencia: 257

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/06-0098-257.HTM

Martes, 06 de Junio de 2006


N° de Expediente: C04-0388 N° de Sentencia: 450

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de revisión

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/450-231104-C040388.HTM

Martes, 23 de Noviembre de 2004


N° de Expediente: C04-0008 N° de Sentencia: 077

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de revisión no tiene recurso de casación

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/077-160304-C040008.HTM

Martes, 16 de Marzo de 2004


N° de Expediente: 02-0177 N° de Sentencia: 281

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de revisión

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/281-110602-020177.HTM

Martes, 11 de Junio de 2002


N° de Expediente: C00-1060 N° de Sentencia: 238

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El recurso de revisión, procede únicamente a favor del imputado.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/238-140502-C001060.HTM

Martes, 14 de Mayo de 2002


N° de Expediente: 02-0149 N° de Sentencia: 222

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de revisión

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/222-070502-020149.HTM

Martes, 07 de Mayo de 2002


N° de Expediente: C02-0136 N° de Sentencia: 208

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Improcedencia del Recurso de Casación contra sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones que nieguen el extraordinario Recurso de Revisión

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/208-300402-C020136.HTM

Martes, 30 de Abril de 2002


N° de Expediente: C02-0136 N° de Sentencia: 208

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de revisión - Procedencia

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/208-300402-C020136.HTM

Martes, 30 de Abril de 2002


N° de Expediente: CC01-0787 N° de Sentencia: 0889

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de Revisión - Procedencia.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/0889-171201-CC010787.HTM

Lunes, 17 de Diciembre de 2001


N° de Expediente: 01-0251 N° de Sentencia: 0582

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Procedencia del Recurso de Revisión.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/0582-100701-010251.HTM

Martes, 10 de Julio de 2001


N° de Expediente: RS00-1302 N° de Sentencia: 0113

Tema: Recurso de Revisión

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Recurso de Revisión - Sentencias Contradictorias

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/0113-010301-RS001302.HTM

Jueves, 01 de Marzo de 2001