Este martes 25, el Juzgado Quinto de Juicio, a cargo del doctor Rodolfo Romero, negó medida cautelar para juzgar en libertad a Herman Sifontes, Juan Carlos Carvallo, Ernesto Rangel y Miguel Osío, directivos de Econoinvest, Casa de Bolsa.
Luego de veinticuatro meses de privativa de libertad y de haberse solicitado la medida en tres ocasiones por escrito e innumerables veces de manera oral en las audiencias, la medida fue denegada en una decisión breve y escueta.
La abogada Beatriz Di Totto, miembro del equipo defensor de Econoinvest, afirmó que ”la defensa solicitó la revocación del fallo toda vez que no existe motivo alguno que justifique la detención preventiva de nuestros defendidos. Se ha demostrado con creces su arraigo en el país, su clara disposición de contribuir al esclarecimiento de los hechos y el hecho de que el período de detención que ya han sufrido superó con creces el lapso total de la pena en el supuesto negado de que la sentencia fuese condenatoria.
Además, el tribunal debe considerar la opinión del Ministerio Público, que no se opuso a la revisión solicitada. Todo ellosin contar que las madres, esposas e hijos de los detenidos han resultado severamente afectados en un proceso que ha degenerado en una tortura”.
Por su parte, el Dr. Luis Valdivieso, miembro también de la defensa, sostuvo que a los directivos de Econoinvest se les despojó de la empresa que constituía el trabajo de toda una vida, se les arrebató su patrimonio, y ahora permanecen injustamente encarcelados.
Basada en los artículos 9, 243 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) la defensa solicitó nuevamente el pasado 18 de septiembre en udiencia, el juicio en libertad de Sifontes, Rangel, Carvallo y Osío tomando en consideración que dicho instrumento legal considera la privación de libertad como excepcional, cuando se cumplen tres condiciones concurrentes: comisión de un delito grave, peligro de fuga y peligro de obstaculización de la investigación.
De acuerdo con lo expuesto, si no se dan simultáneamente esos tres requisitos, el juicio debe realizarse en libertad, para lo cual el Código establece las medidas que pueden sustituir al encarcelamiento: presentación periódica, prohibición de salida del país, fianza, entre otras.
Así mismo, el pasado mes de junio, los abogados defensores de Econoinvest consignaron al Juzgado Quinto de Juicio la decisión del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, el cual determinó arbitraria y violatoria de los derechos humanos la privación de libertad en el proceso que se le sigue a los cuatro directivos de Econoinvest y pidió al Gobierno de Venezuela la inmediata libertad de los procesados.
Pese a este nuevo golpe a la justicia, la doctora Di Totto asegura que “seguiremos insistiendo en el recurso, ya que el tiempo de detención preventiva de nuestros defendidos ha excedido todos los lapsos posibles sin contar el hecho de que han probado con creces su inocencia. Y se mantienen firmes porque les anima la defensa de su reputación que no ha podido ser enlodada a pesar de la malhadada acción de una justicia que no se ha aplicado”.
http://www.lapatilla.com/site/2012/09/25/niegan-juicio-en-libertad-a-directivos-de-econoinvest/
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