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lunes, 30 de marzo de 2026

¿Qué requisitos debe cumplir un abogado para estar juramentado en un proceso penal en Venezuela?

De acuerdo con la sentencia No. 200 de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), fechada el 23 de marzo de 2026 y el artículo 141 del Código Orgánico Procesal Penal citado en la misma, para que un abogado sea considerado juramentado y forme parte de la defensa técnica constituida, debe cumplir con los siguientes requisitos:


Designación del imputado: El abogado debe ser nombrado por el imputado o imputada por cualquier medio, ya que este nombramiento inicial no está sujeto a ninguna formalidad.

Aceptación del cargo: Una vez designado, el profesional del derecho debe manifestar su voluntad de aceptar la defensa.

Juramentación ante el Juez: El abogado debe jurar desempeñar el cargo fielmente de forma presencial ante el Juez o Jueza de la causa.

Registro en acta: Todo el procedimiento (designación, aceptación y juramento) debe hacerse constar formalmente en un acta.

Indicación de domicilio: Al momento de la juramentación, el defensor debe señalar su domicilio o residencia.


La Sala destaca que este acto de constitución ante el Juez es trascendental para el proceso, ya que la juramentación es lo que otorga al abogado la capacidad de representación legal necesaria para actuar en nombre del acusado y presentar recursos extraordinarios como el avocamiento. En el caso analizado, la solicitud fue rechazada precisamente porque la abogada no demostró estar debidamente juramentada mediante el acta correspondiente emitida por el tribunal de la causa.

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