Publicada a las 10:15 AM del 09 de Septiembre de 2009 | El Nacional
El abogado penalista Alberto Arteaga aseguró que el artículo 293 que estipula lo referido al delito de instigación a la guerra civil es uno de los conocidos en la doctrina penal como delitos políticos. Explicó además que para que una persona sea acusada por tal hecho punible deben darse varios supuestos: "Implica llamar a la guerra, formular una propuesta de guerra civil y la producción de los resultados supone arrasar con edificaciones públicas o apoderarse sin más de bienes públicos o privados". El profesor de Derecho Penal de la UCV además agregó que el uso del artículo 293 del Código Penal es violatorio de derechos fundamentales en el caso del líder estudiantil Julio César Rivas. "Procesar penalmente a quien simplemente ha ejercido el derecho a la protesta es un claro abuso de la normativa penal. Quien ejerce un derecho fundamental no delinque", dijo el abogado. Arteaga Sánchez indicó que uno de los objetivos que persigue el Estado a través de la imputación de Rivas por el delito de instigación a la guerra civil es el de lograr la pena de presidio de sus enemigos políticos.
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