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lunes, 5 de abril de 2021

VENEZUELA: Sentencian a 7 años de prisión a empleadores por accidente de trabajo. Caso (PROVEGRAN)

ABTPRL | 16 Agost, 2011 09:12


El pasado viernes 12 de agosto de 2011 el juez Nelson Alexis García

Morales del tribunal quinto de juicio del circuito judicial penal del

Estado Aragua, dictó sentencia condenatoria contra los dueños de la

empresa "Procesadora Venezolana de Grasas Nacionales (PROVEGRAN)" por

su responsabilidad en la muerte de nueve (9) trabajadores en las

instalaciones de la empresa el día 18 de agosto del año 2003.

En esa empresa se procesan desechos de animales provenientes de los

mataderos (vísceras, huesos, plumas, cachos, etc.), los cuales generan

en el proceso de descomposición, gases tóxicos irritantes y

asfixiantes cómo el ácido sulfhídrico, (también conocido como sulfuro

de hidrógeno), el ácido cianhídrico, nitritos, monóxido y dióxido de

carbono; el sábado anterior al nefasto accidente de trabajo, los

empleadores por ahorrarse el pago de horas extras, dejaron parte de

los desechos acumulados para procesarlos 48 horas después; esto hizo

que se produjeran los gases tóxicos que mataron a los 9 trabajadores,

por el incumplimiento de las normas básicas de salud y seguridad en el

trabajo.

El juicio se inició el 6 de mayo de 2010, durante el mismo se

realizaron 36 audiencias, donde declararon más de 50 testigos,

expertos y trabajadores; en el transcurso de las mismas quedó

fehacientemente demostrado que la muerte de los trabajadores ocurrió

por la alta concentración de gases asfixiantes producto de la

descomposición de los desechos cárnicos y por tener los trabajadores

que evacuar el lodo orgánico que se acumuló en una fosa, con un

rudimentario tobo plástico amarrado con una cuerda; al romperse la

cuerda y quedar el tobo en la fosa, uno de los trabajadores bajó a

buscarlo, desconociendo totalmente que peligro inminente para su vida

al bajar a la fosa con una atmosfera cargado de gases asfixiantes; al

caer el primer trabajador por el efecto inmediato de los gases, otros

8 trabajadores, en una conducta heroica bajaron a tratar de rescatar a

sus compañeros, sufriendo el efecto de los gases y falleciendo por

asfixia por la carencia de oxígeno en la fosa.

Ese lunes 18 de agosto de 2003, murieron 9 padres de familia que

laboraban como obreros, por la irresponsabilidad de unos patronos que

durante 30 años habían violado los derechos más elementales de los

trabajadores en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo.

El próximo 18 de agosto se cumplirán 8 años del accidente de trabajo

ocurrido en esa empresa ubicada en Las Tejerías, Estado Aragua, en el

cual perdieron la vida los trabajadores Edgar Guerra Macuare, Luis

Enrique Aquino, Elvis Jesús Quintero, Vianny Saúl Ríos, Ciro Alfonso

Hernández, José Carrillo, Alberto José Molina, Claudio Delgado y Paul

Delgado.

La acusación la terminaron llevando por el ministerio público los

fiscales especiales nacionales en materia de accidentes de trabajo y

enfermedades ocupacionales Gustavo Li Chang y Jairo Flores, por la

familia Guerra Macuare la acusación la hizo la Sra. Ana Macuare de

Guerra, madre del trabajador Edgar Guerra Macuare, asistida por la

abogada Hegel Hernández.

La empresa y sus abogados utilizaron todos los argumentos, pretextos y

leguleyismos para retardar el juicio penal; por eso es que después de

casi 8 años de ocurrido el accidente, es ahora que se dicta la

sentencia.

No hay dudas que éste es, hasta ahora, el juicio más importante

celebrado en el país en los últimos años por un accidente de trabajo:

por el número de trabajadores fallecidos, por el impacto que tuvo en

la sociedad y en el mundo de la salud de los trabajadores y por la

sentencia que se dictó a los responsables de la tragedia, lo que se

convierte en un precedente fundamental para los próximos juicios de

este tipo en el país.

Esta sentencia marcará un antes y un después en los juicios por

muertes de trabajadores en accidentes de trabajo, por cuando de ahora

en adelante se hace evidente que los empleadores o patronos pueden ir

presos por incumplir su obligación de brindar condiciones dignas,

seguras y saludables a sus trabajadores que minimicen las posibilidad

de sufrir accidentes y enfermedades ocupacionales.

Los dueños de Provegran a quienes se les dictó la pena de 7 años de

privación de libertad son: Gabrielle Ferri y Mounir Nassif, por

homicidio de trabajadores, en tanto a Giancalo Ciavatta y Roberto

Ferri que fungían como supervisores directos de la producción les fue

dictada una pena de 3 años de prisión para cada uno por homicidio de

trabajadores en grado de facilitadores. Esta sentencia es histórica

por cuanto en la sentencia el juez dejó claro que ellos eran los

culpables de la muerte de los 9 trabajadores al haber violado las

normas más elementales de salud y seguridad en el trabajo.


http://asesoinca.blogspot.com/p/sentencias-por-el-inpsasel.html

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