ABTPRL | 16 Agost, 2011 09:12
El pasado viernes 12 de agosto de 2011 el juez Nelson Alexis García
Morales del tribunal quinto de juicio del circuito judicial penal del
Estado Aragua, dictó sentencia condenatoria contra los dueños de la
empresa "Procesadora Venezolana de Grasas Nacionales (PROVEGRAN)" por
su responsabilidad en la muerte de nueve (9) trabajadores en las
instalaciones de la empresa el día 18 de agosto del año 2003.
En esa empresa se procesan desechos de animales provenientes de los
mataderos (vísceras, huesos, plumas, cachos, etc.), los cuales generan
en el proceso de descomposición, gases tóxicos irritantes y
asfixiantes cómo el ácido sulfhídrico, (también conocido como sulfuro
de hidrógeno), el ácido cianhídrico, nitritos, monóxido y dióxido de
carbono; el sábado anterior al nefasto accidente de trabajo, los
empleadores por ahorrarse el pago de horas extras, dejaron parte de
los desechos acumulados para procesarlos 48 horas después; esto hizo
que se produjeran los gases tóxicos que mataron a los 9 trabajadores,
por el incumplimiento de las normas básicas de salud y seguridad en el
trabajo.
El juicio se inició el 6 de mayo de 2010, durante el mismo se
realizaron 36 audiencias, donde declararon más de 50 testigos,
expertos y trabajadores; en el transcurso de las mismas quedó
fehacientemente demostrado que la muerte de los trabajadores ocurrió
por la alta concentración de gases asfixiantes producto de la
descomposición de los desechos cárnicos y por tener los trabajadores
que evacuar el lodo orgánico que se acumuló en una fosa, con un
rudimentario tobo plástico amarrado con una cuerda; al romperse la
cuerda y quedar el tobo en la fosa, uno de los trabajadores bajó a
buscarlo, desconociendo totalmente que peligro inminente para su vida
al bajar a la fosa con una atmosfera cargado de gases asfixiantes; al
caer el primer trabajador por el efecto inmediato de los gases, otros
8 trabajadores, en una conducta heroica bajaron a tratar de rescatar a
sus compañeros, sufriendo el efecto de los gases y falleciendo por
asfixia por la carencia de oxígeno en la fosa.
Ese lunes 18 de agosto de 2003, murieron 9 padres de familia que
laboraban como obreros, por la irresponsabilidad de unos patronos que
durante 30 años habían violado los derechos más elementales de los
trabajadores en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo.
El próximo 18 de agosto se cumplirán 8 años del accidente de trabajo
ocurrido en esa empresa ubicada en Las Tejerías, Estado Aragua, en el
cual perdieron la vida los trabajadores Edgar Guerra Macuare, Luis
Enrique Aquino, Elvis Jesús Quintero, Vianny Saúl Ríos, Ciro Alfonso
Hernández, José Carrillo, Alberto José Molina, Claudio Delgado y Paul
Delgado.
La acusación la terminaron llevando por el ministerio público los
fiscales especiales nacionales en materia de accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales Gustavo Li Chang y Jairo Flores, por la
familia Guerra Macuare la acusación la hizo la Sra. Ana Macuare de
Guerra, madre del trabajador Edgar Guerra Macuare, asistida por la
abogada Hegel Hernández.
La empresa y sus abogados utilizaron todos los argumentos, pretextos y
leguleyismos para retardar el juicio penal; por eso es que después de
casi 8 años de ocurrido el accidente, es ahora que se dicta la
sentencia.
No hay dudas que éste es, hasta ahora, el juicio más importante
celebrado en el país en los últimos años por un accidente de trabajo:
por el número de trabajadores fallecidos, por el impacto que tuvo en
la sociedad y en el mundo de la salud de los trabajadores y por la
sentencia que se dictó a los responsables de la tragedia, lo que se
convierte en un precedente fundamental para los próximos juicios de
este tipo en el país.
Esta sentencia marcará un antes y un después en los juicios por
muertes de trabajadores en accidentes de trabajo, por cuando de ahora
en adelante se hace evidente que los empleadores o patronos pueden ir
presos por incumplir su obligación de brindar condiciones dignas,
seguras y saludables a sus trabajadores que minimicen las posibilidad
de sufrir accidentes y enfermedades ocupacionales.
Los dueños de Provegran a quienes se les dictó la pena de 7 años de
privación de libertad son: Gabrielle Ferri y Mounir Nassif, por
homicidio de trabajadores, en tanto a Giancalo Ciavatta y Roberto
Ferri que fungían como supervisores directos de la producción les fue
dictada una pena de 3 años de prisión para cada uno por homicidio de
trabajadores en grado de facilitadores. Esta sentencia es histórica
por cuanto en la sentencia el juez dejó claro que ellos eran los
culpables de la muerte de los 9 trabajadores al haber violado las
normas más elementales de salud y seguridad en el trabajo.
http://asesoinca.blogspot.com/p/sentencias-por-el-inpsasel.html
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