La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 25, cardinal 14, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara la CONSTITUCIONALIDAD DEL CARÁCTER ORGÁNICO de la LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, contentiva de su reforma parcial sancionada por la Asamblea Nacional el 14 de agosto de 2014.
Para mayor información ver:
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/agosto/168715-1160-29814-2014-14-0877.HTML
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