viernes, 25 de julio de 2014

Máximas de Jurisprudencia de la Sala de Casación Penal

Sentencia Nº 209, Expediente Nº C14-168 de fecha 26/06/2014. Materia: Derecho Procesal Penal. Tema: Recurso de Casación. Asunto: No puede utilizarse el especial recurso de Casación como una tercera instancia:

"...observa la Sala que lo relativo a la insuficiencia de pruebas que determinen o no la culpabilidad del acusado, es una denuncia conexa con el régimen probatorio, la cual debe ser planteada ante el Tribunal de Instancia, razón por la cual se ratifica el criterio de que no puede utilizarse el especial recurso de Casación como una tercera instancia, menos aún para revisar denuncias que de antemano fueron objeto del recurso de apelación."

Materia: Derecho Procesal Penal. Tema: Motivación. Asunto: Debida motivación:

"...es obligante para la Sala resaltar que al interponerse el recurso de casación, éste debe contener una debida motivación, sustentada en infracciones de Derecho cometidas por la Alzada, las cuales deben ser explícitamente señaladas, destacando a su vez la importancia que tales contravenciones involucran en las resultas del fallo haciéndolo especialmente vulnerable para su modificación."

Sentencia Nº 207, Expediente Nº A14-8 de fecha 26/06/2014. Materia: Derecho Procesal Penal. Tema: Avocamiento. Asunto: Avocamiento - las partes no pueden pretender emplear esta figura para hacer valer su discrepancia con los criterios jurídicos que sustentan las decisiones judiciales:

"...las partes no pueden pretender emplear esta figura para hacer valer su discrepancia con los criterios jurídicos que sustentan las decisiones judiciales, ya que esta potestad debe ser ejercida con suma prudencia y en estricto apego a los parámetros establecidos en el artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, debiéndose acreditar que la situación jurídica existente en el expediente constituya un caso del cual surjan graves desórdenes procesales o escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática."

Tema: Avocamiento. Asunto: Eventuales inconsistencias en la foliatura de un expediente o el posible desorden cronológico en el mismo no constituye materia para resolverse por vía de avocamiento:

"...debe advertir esta Sala de Casación Penal, que las eventuales inconsistencias en la foliatura de un expediente o el posible desorden cronológico en el mismo, no constituye materia para resolverse por vía de avocamiento, existiendo mecanismos idóneos para su reclamación y trámite, que en el caso particular sería mediante la respectiva denuncia ante la Inspectoría General de Tribunales."