Johanna Alvarez Alvarez
Valencia, junio 3 (REDACTA).- Las deficiencias en la administración de los internados judiciales se deben a que el Gobierno central no ha cumplido con la Constitución de 1999, al retrasar la entrega de las cárceles a las gobernaciones y alcaldías, concluyó el director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), Humberto Prado.
Pese a que Prado enfatizó que quizás ésta no sea la solución, apuntó que el Ejecutivo Nacional ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años. Para argumentar esta aseveración sugirió algunas cifras: 80% de los presos no tiene sentencia firme; un hacinamiento de 160%, ya que el país tiene 25 mil presos más de la capacidad de sus edificaciones (sólo 12 mil 500 reclusos); y la cifra roja de 366 internos fallecidos y 853 heridos, durante el año pasado. Los primeros dos meses de 2010, hubo 61 muertos y 135 lesionados.
“El gobierno regional está más cerca del problema de su cárcel y esas personas que están allí detenidas, son de su comunidad. Les tiene que preocupar que una persona que ingrese a la prisión salga como más agresividad y a rescindir por un delito mayor”, manifestó el director de la OVP, quien rechazó que el “interesante” e “importante” plan de humanización del Estado se esté desarrollando únicamente en los establecimientos judiciales nuevos.
Prado no olvidó en su discurso al estado Carabobo. El conocido Penal de Tocuyito es la cárcel más hacinada del país, afirmó para luego explicar que la población es de 3 mil 400 presos aunque fue construida para 900 reclusos.
Construcción de cárceles
De acuerdo a Prado, muchas de las nuevas cárceles se están construyendo en sitios que no lo requieren. Comentó como ejemplo al estado Vargas, el cual no cuenta con un internado judicial pero tiene más de mil 500 presos en los establecimientos de Caracas, Los Teques, San Juan de Los Morros e incluso, Tocuyito. Agregó que los jueces deben trasladarse a estas cárceles para atender a los reclusos y los traslados al Circuito Judicial de Vargas, “siempre es un problema”.
El director de la OVP reiteró también que la edificación de los internados no se adapta a la realidad venezolana, pues parecen seguir un “perfil suizo”. Señaló que en los últimos 12 años aumentó la población carcelaria de 24 mil, cuando estaba en vigencia el Código de Enjuiciamiento Criminal; a los actuales 38 mil, con el Código Orgánico Procesal Penal.
El conocido defensor de los derechos de los presos denunció que el presupuesto aprobado para la alimentación fue basado en un total de 25 mil 500 reclusos y no los 38 mil que hay. “Investigamos que tienen un presupuesto de 9 bolívares fuertes diarios para desayuno, almuerzo y cena. Tres bolívares cada uno”, recalcó Prado durante un ciclo de foros previos a las IV Jornadas de Criminología de la Universidad de Carabobo.
Según el profesor de la Universidad de Los Andes, Freddy Crespo, el sistema penitenciario venezolano está basado en ideas “arcaicas” y “en desuso”. El investigador mencionó que el Gobierno cree que con sólo colocar una pena se logrará la rehabilitación del interno.
Los programas de tratamiento y rehabilitación son programas paralelos a la cárcel, aseveró Crespo. Sugirió que se debe comenzar con modificar el régimen de vida en la cárcel, suministrarles mejor comida, mejor forma de dormir y uniformes
http://www.el-carabobeno.com/p_pag_not.aspx?art=a040610b05&id=t040610-b05
sábado, 5 de junio de 2010
Cárceles: Humberto Prado: Ejecutivo ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años
Publicado el 4 Junio 2010
En el marco del Ciclo de Foros 2010 “Descubriendo Realidades y Soluciones para la Seguridad”, actividad desarrollada este jueves en los espacios del Colegio de Abogados del estado Carabobo, Humberto Prado, director del Observatorio Venezolano de Prisiones, expuso un crudo diagnóstico de la situación actual de los penales en Venezuela.
Algunas cifras
Existen 33 cárceles que tienen capacidad real para albergar 12 mil 500 reclusos,
pero albergan a 38 mil personas. Hacinamiento de 160%
80% de los presos no tiene sentencia firme
366 internos fallecidos y 853 heridos en 2009
61 muertos y 135 lesionados en primeros 2 meses de 2010
Diario el Carabobeño:
Humberto Prado, director del Observatorio Venezolano de Prisiones.:
Ejecutivo ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años
Johanna Alvarez Alvarez
Valencia, junio 3 (REDACTA).- Las deficiencias en la administración de los internados judiciales se deben a que el Gobierno central no ha cumplido con la Constitución de 1999, al retrasar la entrega de las cárceles a las gobernaciones y alcaldías, concluyó el director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), Humberto Prado.
Pese a que Prado enfatizó que quizás ésta no sea la solución, apuntó que el Ejecutivo Nacional ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años. Para argumentar esta aseveración sugirió algunas cifras: 80% de los presos no tiene sentencia firme; un hacinamiento de 160%, ya que el país tiene 25 mil presos más de la capacidad de sus edificaciones (sólo 12 mil 500 reclusos); y la cifra roja de 366 internos fallecidos y 853 heridos, durante el año pasado. Los primeros dos meses de 2010, hubo 61 muertos y 135 lesionados.
“El gobierno regional está más cerca del problema de su cárcel y esas personas que están allí detenidas, son de su comunidad. Les tiene que preocupar que una persona que ingrese a la prisión salga como más agresividad y a rescindir por un delito mayor”, manifestó el director de la OVP, quien rechazó que el “interesante” e “importante” plan de humanización del Estado se esté desarrollando únicamente en los establecimientos judiciales nuevos.
Prado no olvidó en su discurso al estado Carabobo. El conocido Penal de Tocuyito es la cárcel más hacinada del país, afirmó para luego explicar que la población es de 3 mil 400 presos aunque fue construida para 900 reclusos.
Construcción de cárceles
De acuerdo a Prado, muchas de las nuevas cárceles se están construyendo en sitios que no lo requieren. Comentó como ejemplo al estado Vargas, el cual no cuenta con un internado judicial pero tiene más de mil 500 presos en los establecimientos de Caracas, Los Teques, San Juan de Los Morros e incluso, Tocuyito. Agregó que los jueces deben trasladarse a estas cárceles para atender a los reclusos y los traslados al Circuito Judicial de Vargas, “siempre es un problema”.
El director de la OVP reiteró también que la edificación de los internados no se adapta a la realidad venezolana, pues parecen seguir un “perfil suizo”. Señaló que en los últimos 12 años aumentó la población carcelaria de 24 mil, cuando estaba en vigencia el Código de Enjuiciamiento Criminal; a los actuales 38 mil, con el Código Orgánico Procesal Penal.
El conocido defensor de los derechos de los presos denunció que el presupuesto aprobado para la alimentación fue basado en un total de 25 mil 500 reclusos y no los 38 mil que hay. “Investigamos que tienen un presupuesto de 9 bolívares fuertes diarios para desayuno, almuerzo y cena. Tres bolívares cada uno”, recalcó Prado durante un ciclo de foros previos a las IV Jornadas de Criminología de la Universidad de Carabobo.
Según el profesor de la Universidad de Los Andes, Freddy Crespo, el sistema penitenciario venezolano está basado en ideas “arcaicas” y “en desuso”. El investigador mencionó que el Gobierno cree que con sólo colocar una pena se logrará la rehabilitación del interno.
Los programas de tratamiento y rehabilitación son programas paralelos a la cárcel, aseveró Crespo. Sugirió que se debe comenzar con modificar el régimen de vida en la cárcel, suministrarles mejor comida, mejor forma de dormir y uniformes.
http://conflictove.wordpress.com/2010/06/04/carceles-humberto-prado-ejecutivo-ha-fracasado-en-materia-carcelaria-en-los-ultimos-45-anos/
En el marco del Ciclo de Foros 2010 “Descubriendo Realidades y Soluciones para la Seguridad”, actividad desarrollada este jueves en los espacios del Colegio de Abogados del estado Carabobo, Humberto Prado, director del Observatorio Venezolano de Prisiones, expuso un crudo diagnóstico de la situación actual de los penales en Venezuela.
Algunas cifras
Existen 33 cárceles que tienen capacidad real para albergar 12 mil 500 reclusos,
pero albergan a 38 mil personas. Hacinamiento de 160%
80% de los presos no tiene sentencia firme
366 internos fallecidos y 853 heridos en 2009
61 muertos y 135 lesionados en primeros 2 meses de 2010
Diario el Carabobeño:
Humberto Prado, director del Observatorio Venezolano de Prisiones.:
Ejecutivo ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años
Johanna Alvarez Alvarez
Valencia, junio 3 (REDACTA).- Las deficiencias en la administración de los internados judiciales se deben a que el Gobierno central no ha cumplido con la Constitución de 1999, al retrasar la entrega de las cárceles a las gobernaciones y alcaldías, concluyó el director del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), Humberto Prado.
Pese a que Prado enfatizó que quizás ésta no sea la solución, apuntó que el Ejecutivo Nacional ha fracasado en materia carcelaria en los últimos 45 años. Para argumentar esta aseveración sugirió algunas cifras: 80% de los presos no tiene sentencia firme; un hacinamiento de 160%, ya que el país tiene 25 mil presos más de la capacidad de sus edificaciones (sólo 12 mil 500 reclusos); y la cifra roja de 366 internos fallecidos y 853 heridos, durante el año pasado. Los primeros dos meses de 2010, hubo 61 muertos y 135 lesionados.
“El gobierno regional está más cerca del problema de su cárcel y esas personas que están allí detenidas, son de su comunidad. Les tiene que preocupar que una persona que ingrese a la prisión salga como más agresividad y a rescindir por un delito mayor”, manifestó el director de la OVP, quien rechazó que el “interesante” e “importante” plan de humanización del Estado se esté desarrollando únicamente en los establecimientos judiciales nuevos.
Prado no olvidó en su discurso al estado Carabobo. El conocido Penal de Tocuyito es la cárcel más hacinada del país, afirmó para luego explicar que la población es de 3 mil 400 presos aunque fue construida para 900 reclusos.
Construcción de cárceles
De acuerdo a Prado, muchas de las nuevas cárceles se están construyendo en sitios que no lo requieren. Comentó como ejemplo al estado Vargas, el cual no cuenta con un internado judicial pero tiene más de mil 500 presos en los establecimientos de Caracas, Los Teques, San Juan de Los Morros e incluso, Tocuyito. Agregó que los jueces deben trasladarse a estas cárceles para atender a los reclusos y los traslados al Circuito Judicial de Vargas, “siempre es un problema”.
El director de la OVP reiteró también que la edificación de los internados no se adapta a la realidad venezolana, pues parecen seguir un “perfil suizo”. Señaló que en los últimos 12 años aumentó la población carcelaria de 24 mil, cuando estaba en vigencia el Código de Enjuiciamiento Criminal; a los actuales 38 mil, con el Código Orgánico Procesal Penal.
El conocido defensor de los derechos de los presos denunció que el presupuesto aprobado para la alimentación fue basado en un total de 25 mil 500 reclusos y no los 38 mil que hay. “Investigamos que tienen un presupuesto de 9 bolívares fuertes diarios para desayuno, almuerzo y cena. Tres bolívares cada uno”, recalcó Prado durante un ciclo de foros previos a las IV Jornadas de Criminología de la Universidad de Carabobo.
Según el profesor de la Universidad de Los Andes, Freddy Crespo, el sistema penitenciario venezolano está basado en ideas “arcaicas” y “en desuso”. El investigador mencionó que el Gobierno cree que con sólo colocar una pena se logrará la rehabilitación del interno.
Los programas de tratamiento y rehabilitación son programas paralelos a la cárcel, aseveró Crespo. Sugirió que se debe comenzar con modificar el régimen de vida en la cárcel, suministrarles mejor comida, mejor forma de dormir y uniformes.
http://conflictove.wordpress.com/2010/06/04/carceles-humberto-prado-ejecutivo-ha-fracasado-en-materia-carcelaria-en-los-ultimos-45-anos/
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
Sitios en Internet de Derecho Penal y Procesal Penal
- Actualidad Penal - Roger Lòpez
- O maior site de ciencias criminais em língua portuguesa
- The Corrupt Practices Investigation Bureau
- American Academy of Psychiatry and the Law
- The International Centre for Criminal Law Reform and Criminal Justice Policy
- Web site de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología
- Revista General de Derecho Penal - España
- Revista Virtual del Instituto Peruano de Investigaciones Criminológicas
- Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradicción - OEA
- Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales - México
- Centro de Investigación Interdisciplinaria en Derecho Penal Económico - Argentina
- Revista Electrónica Semestral de Políticas Públicas en Materias Penales - Chile
- Centro de Estudios de Derecho Penal - Chile
- Sala Tercera Corte Suprema de Justicia - Costa Rica
- Derecho Penal - Perú - Suiza
- Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología
- Derecho Penal On line
- Instituto Brasileiro de Ciencias Criminais
- Instituto Nacional de Ciencias Penales de México
- Instituto de Derecho Penal Max Planck
- Archivo digital de la Revista Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología
- Portal Iberoamericano de las Ciencias Penales
- Revista de Ciencias Penales
- Asociación Pensamiento Penal
- Asociación Pensamiento Penal - Argentina
Tratados, Códigos, Leyes, Decretos
- Acuerdo de Cooperación y Asistencia Judicial en Materia Penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Venezuela
- Acuerdo entre la Republica del Ecuador y la Republica de Venezuela sobre prevencion, control, fiscalizacion y represion del consumo indebido y trafico ilicito de estupefacientes y sustancias psicotropicas
- Acuerdo entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Venezuela sobre Prevención, Control, Fiscalización y Represión del Consumo Indebido y Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas
- Argentina. Convenio con Venezuela sobre tráfico ilícito de estupefacientes, Ley 25.347, 2000-11-01
- Argentina. Convenio con Venezuela sobre uso indebido y trafico ilícito de estupefacientes, Ley 23.865, 1990-09-27
- Brasil. Acuerdo de Prevención al Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Decreto nº 99.758, 03-12-1990
- Brasil. Tratado de Extradición, Decreto nº 5362, 12-03-1940
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del 24-03-00 GO Extraordinaria No. 5.453
- Convenio de Asistencia Legal Mutua en Materia Penal suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Popular China
- Convenio entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre Asistencia Legal Mutua en Materia Penal
- Convenio entre la República de Venezuela y la República Dominicana sobre Asistencia Judicial en Materia Penal
- Convenio sobre Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República del Paraguay y la República de Venezuela
- Código de Instrucción Médico Forense del 01/08/1878 GO No. 1.443
- Código Orgánico de Justicia Militar
- Decreto contra el Acaparamiento, Boicot y Especulación GO 38628, 16-02-07
- Extradition Treaty with Venezuela, 1922-01-19 en Inglés.
- Ley Aprobatoria del Convenio entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República de Cuba sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal
- Ley contra el Secuestro y la Extorsión GO Nº 39.194 del 05-06-09
- Ley Contra la Corrupción del 07/04/2003 GO No. 5437E
- Ley Contra la Corrupción GO N° 5.637 Extraordinario 07-04-03
- Ley Contra la Delincuencia Organizada del 26/10/2005 GO No. 5789E
- Ley Contra los Ilícitos Cambiarios GO Nº 39.425
- Ley de Antecedentes Penales
- Ley de Armas y Explosivos GO N° 1.081 Extraordinaria 23-01-67
- Ley de Beneficios en el Proceso Penal
- Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Defensa Pública del 22-09-08 GO No. 39.021
- Ley de Reforma Parcial del COPP del 04-09-09. GO Extraordinaria 5.930
- Ley de Reforma Parcial del Código Penal del 13-04-2005. GO No. 5.768
- Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas, y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico del 22-09-08. GO No. 39.021
- Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del 05/01/07 GO No. 38.598
- Ley Especial contra los Delitos Informáticos del 30-19-01. GO No. 37.313
- Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas del 16/12/2005 GO No. 38.337
- Ley Orgánica del Ministerio Público del 19/03/2007 GO No. 38.647
- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del 23/04/2007 GO No. 38.668
- Ley para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes en Salas de Uso de Internet, Videojuegos y otros Similares
- Ley Penal del Ambiente del 03/01/1992 GO No. 4358E
- Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores del 26/7/2000 GO No. 37.000
- Tratado de Asistencia Juridica Mutua en Asuntos Penales entre la República Oriental del Uruguay y la República de Venezuela
- Tratado de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Venezuela