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jueves, 25 de abril de 2024

La Fijación Fotográfica en la Cadena de Custodia en el Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas (2017) en Venezuela. Parte 1

 


Fijación Fotográfica


Consiste en la captación de imágenes, de manera general, particular y en detalle del sitio y evidencias de interés criminalístico, mediante el empleo de dispositivos fotográficos, teniendo presente que tipo de cámara se utiliza y sus accesorios, además de los testigos métricos y señalizadores alfanuméricos y todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos.

Para la fijación fotográfica se deben cumplir los siguientes lineamientos:

 

• Las fotografías obtenidas durante el procedimiento de fijación, no requieren cadena de custodia, salvo cuando por situaciones especiales deban ser tratadas como evidencias físicas.

• La totalidad de las fijaciones fotográficas obtenidas en los lugares o evidencias físicas relacionadas con una investigación, deberá ser debidamente archivada y preservada.

• Se deberá llevar un registro del número de copias o reproducciones.

• En el lugar de almacenamiento de las fotografías, se debe garantizar la debida identificación de las imágenes fotográficas, relacionándolas con cada caso en particular, así como el fácil acceso a las mismas por el personal autorizado en cualquier etapa del proceso.

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