Fijación Fotográfica
Consiste en la captación de imágenes, de manera general, particular y en detalle del sitio y evidencias de interés criminalístico, mediante el empleo de dispositivos fotográficos, teniendo presente que tipo de cámara se utiliza y sus accesorios, además de los testigos métricos y señalizadores alfanuméricos y todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos.
Para la fijación fotográfica se deben cumplir los siguientes lineamientos:
• Las fotografías obtenidas durante el procedimiento de fijación, no requieren cadena de custodia, salvo cuando por situaciones especiales deban ser tratadas como evidencias físicas.
• La totalidad de las fijaciones fotográficas obtenidas en los lugares o evidencias físicas relacionadas con una investigación, deberá ser debidamente archivada y preservada.
• Se deberá llevar un registro del número de copias o reproducciones.
• En el lugar de almacenamiento de las fotografías, se debe garantizar la debida identificación de las imágenes fotográficas, relacionándolas con cada caso en particular, así como el fácil acceso a las mismas por el personal autorizado en cualquier etapa del proceso.
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