mi茅rcoles, 9 de agosto de 2023

Evento. El rol del abogado defensor en la democracia

 



HOY a las 06:00 PM Hora VE/ 07:00 PM Hora UY es la videoconferencia:

El rol del abogado defensor en la democracia

Para ver desde YouTube ingresa a 馃憠 https://youtube.com/live/M_TVP2ONgXI


Para participar desde zoom ingresa a ↪ https://us02web.zoom.us/j/81507013794

ID de la reuni贸n: 815 0701 3794

Ponente:

Germ谩n Aller

Doctor en Derecho por la Universidad de la Rep煤blica (Uruguay)

Organizan:

Asociaci贸n Latinoamericana de Derecho Penal y Criminolog铆a

Academia de Ciencias Pol铆ticas y Sociales - Venezuela

Instituto de Estudios Jur铆dicos del Estado Lara

Universidad del Zulia

Universidad Yacamb煤

Universitas Fundaci贸n


¡Te esperamos!

#C谩tedraJorgeRosell

#UniversitasEst谩Contigo

martes, 8 de agosto de 2023

Sentencia sobre Revisi贸n Constitucional "como si se tratara de un recurso ordinario o extraordinario de impugnaci贸n de gravamen o una nueva instancia en un proceso antes sometido a la doble instancia"

Extracto de la Sentencia No. 1058 del 4 de agosto de 2023 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Ponente Dra. MICHEL ADRIANA VEL脕SQUEZ GRILLET, Exp. 23-0431.


"... es fundamentaci贸n dogm谩tica el criterio sostenido en sentencia N.° 44, dictada el 2 de marzo de 2000, (caso: Francia Josefina Rond贸n Astor), conforme al cual la discrecionalidad que se atribuye a la revisi贸n constitucional, no debe ser entendida como una nueva instancia; de tal manera que  la solicitud de revisi贸n de sentencias definitivamente firmes solo ser谩 procedente en los casos que tengan por objeto  preservar la uniformidad de la interpretaci贸n de normas y principios constitucionales, esto es, (i) cuando se haya desconocido alg煤n precedente dictado por esta Sala; (ii) efectuado una indebida aplicaci贸n de una norma o principio constitucional; (iii) cuando se haya producido un grave error en su interpretaci贸n; (iv) o por falta de aplicaci贸n de alg煤n principio o normas constitucionales, todo conforme a lo previsto en el art铆culo 25, cardinal 10, de la Ley Org谩nica del Tribunal Supremo de Justicia. (Vid. Sentencias N°. 1.760/2001; 1.862/2001; 3.011/2005, 3.549/2005, 1.102/2017, 301/2018 y 782/2018).

 

      Es por ello que, la Sala entiende que se objeta la revisi贸n cuando se utilice como un subrogado de los medios o recursos de impugnaci贸n de gravamen, o se utilice como mecanismo procesal para el replanteamiento y juzgamiento del m茅rito de lo debatido y decidido de forma definitivamente firme, como si se tratara de una nueva instancia de conocimiento del proceso o de una casaci贸n con el objeto de anular la sentencia que puso fin al proceso, con el s贸lo inter茅s jur铆dico subjetivo de defender derechos materiales sustanciales previstos en nuestro ordenamiento legal, lo cual contraviene la finalidad objetiva de dicha instituci贸n, cual es la  protecci贸n del texto constitucional, revisi贸n objetiva, excepto en los casos que se intente  contra sentencias dictadas  por  otras Salas que integran este Tribunal Supremo de Justicia por causa de violaciones a derechos subjetivos constitucionales, tal como se estableci贸 en la sentencia n° 325 del 30 de marzo de 2005 (caso: 脕lcido Pedro Ferreira y otros), en la cual se ampli贸 el objeto de la revisi贸n al restablecimiento de situaciones subjetivas constitucionales -revisi贸n subjetiva -, luego estipulado en  la Ley Org谩nica del Tribunal Supremo de Justicia -art铆culo 25.11-.

 

     Por otra parte, esta Sala Constitucional respecto del  derecho a la tutela judicial efectiva ha sostenido mediante sentencia N潞 1745, 20 de septiembre de 2001, que es  el derecho que tienen las personas de acceso a los 贸rganos de administraci贸n de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos y difusos, en los siguientes t茅rminos:

 

“(…) Por su parte, el art铆culo 26 de la Constituci贸n que junto con el art铆culo 257 eiusdem han sido denunciado infringidos; establece el primero de ellos lo que se ha llamado el derecho a la tutela judicial efectiva que comprende el derecho de acceso a los 贸rganos de administraci贸n de justiciael derecho a obtener una decisi贸n en derecho y el derecho que esa decisi贸n sea efectiva. El referido art铆culo 257 establece la instrumentalidad  del proceso como medio de actualizaci贸n de la justicia y define sus caracter铆sticas esenciales indicando que 茅ste debe ser determinado por la Ley. No comprenden el derecho a la tutela judicial efectiva  ni el derecho al debido procesoel de que la decisi贸n resultante de un proceso sea aquella querida o que beneficie al titular de dichos derechossino que dicha decisi贸n sea obtenida dentro del proceso legalmente establecido, desarrollado sin infracci贸n de los particulares derechos a que se refiere el art铆culo 49 de la Constituci贸n y con las caracter铆sticas de celeridad, ausencia de formalidades no esenciales y otras contempladas en los art铆culos 26 y 257 eiusdem.(…) ""