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martes, 10 de marzo de 2026

Extracto de sentencia del TSJ sobre la Tutela Judicial Efectiva. Muy vigente

La Sala Constitucional en sentencia n.° 708/2001, del 10 de mayo, precisó lo siguiente:


“...El derecho a la tutela judicial efectiva, de amplísimo contenido, comprende el derecho a ser oído por los órganos de administración de justicia establecidos por el Estado, es decir, no sólo el derecho de acceso sino también el derecho a que, cumplidos los requisitos establecidos en las leyes adjetivas, los órganos judiciales conozcan el fondo de las pretensiones de los particulares y, mediante una decisión dictada en derecho, determinen el contenido y la extensión del derecho deducido, de allí que la vigente Constitución señale que no se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales y que el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia (artículo 257). En un Estado social de derecho y de justicia (artículo 2 de la vigente Constitución), donde se garantiza una justicia expedita, sin dilaciones y sin formalismos o reposiciones inútiles (artículo 26 eiusdem), la interpretación de las instituciones procesales debe ser amplia, tratando que si bien el proceso sea una garantía para que las partes puedan ejercer su derecho de defensa, no por ello se convierta en una traba que impida lograr las garantías que el artículo 26 constitucional instaura...”.

sábado, 9 de agosto de 2025

Máximas de Jurisprudencias de la SCP del TSJ. 07 de Agosto de 2025

Jueves, 07 de Agosto de 2025

N° de Expediente: A25-459 N° de Sentencia: 531

Tema: Avocamiento

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La pretensión del avocamiento como medio para la revisión de medidas cautelares en incumplimiento de los requisitos sustanciales que determinan su eficacia y suficiencia imposibilita la viabilidad de admisión del mismo y constituye una subversión a las formas del proceso.

"(...) En este mismo orden, en cuanto al requisito referido al agotamiento de los mecanismos previos para el restablecimiento del derecho infringido, se observa del escrito de solicitud, que lo resaltado como lesionado “…su derecho a la tutela judicial efectiva, al existir un evidente desequilibrio procesal …”, sin embargo se desprende de las actuaciones, que el presente caso se encuentra en pleno desarrollo del Juicio Oral y Público, en el cual aún faltan medios de prueba por evacuar, y todo un debate contradictorio que realizar, con sus respectivos recursos procesales, es decir, que existe la posibilidad que se restituya la situación jurídica presuntamente infringida, así mismo la solicitante no adjuntó documentación que demuestre el haber reclamado sin éxito las irregularidades que dice lesionan sus derechos en la instancia correspondiente, razón por la cual debe reiterarse, que las partes deben agotar todos los trámites e incidencias establecidas en el ordenamiento jurídico para reclamar las infracciones que consideren han sido cometidas por los órganos jurisdiccionales, y no subvertir las formas del proceso al acudir a la vía del avocamiento, para separar momentáneamente la causa de su juez natural.

Respecto a la medida cautelar de prohibición de salida del país, la Sala ha dicho de forma reiterada, que la pretensión del avocamiento como medio para la revisión de medidas cautelares, imposibilita la viabilidad de admisión del mismo, dado el incumplimiento de los requisitos sustanciales que determinan su eficacia y suficiencia.

En cuanto a la denegación respecto al sobreseimiento por prescripción, es importante indicar como ya se dijo existen aun muchos recursos procesales para remediar la situación alegada, y no desprender la causa de su juez natural, reiterando que el objeto de la figura procesal del avocamiento no se trata de una figura de sustitución de los medios ordinarios para la tutela de los derechos o intereses de los justiciables, pues solo procede cuando no exista otro medio procesal idóneo y eficaz, que procure la restitución de la situación jurídica presuntamente infringida y que es la vía idónea para tutelar los derechos fundamentales de los ciudadanos, constatándose que el proceso penal sobre el que recae la presente solicitud está en el curso de juicio oral y público, fase en la cual las partes pueden presentar todos los alegatos que consideren pertinentes, así como los recursos ordinarios en caso de inconformidad con la sentencia, que al finalizar el juicio se dicte."


N° de Expediente: NA25-444 N° de Sentencia: 530

Tema: Nulidad

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La institución de la nulidad absoluta, no puede ser utilizada como un medio recursivo extraordinario sustitutivo de los recursos de apelación o casación.


"(...) A juicio de la Sala lo planteado por el peticionante no obedece al ejercicio ordinario o extraordinario de un recurso, sino una actuación que infringe el principio de impugnabilidad objetiva descrito en el artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal que señala:

“…Impugnabilidad objetiva. Artículo 423. Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos…”.

Advirtiéndose el error en que incurrió la Sala Uno de la citada Corte de Apelaciones, al dar trámite de recurso de casación a un escrito que requiere “…la nulidad absoluta de la decisión dictada por esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, de fecha 6 de diciembre del año 2024, mediante la cual declaró improcedente la acción de revisión de la sentencia condenatoria definitivamente firme contra Pedro Miguel Tovar González…”.

Actuación que se agravó aún más por cuanto la sentencia recurrida se encontraba definitivamente firme y contra ella no procede recurso alguno, ignorándose la cosa juzgada y estableciéndose un procedimiento inexistente en derecho al considerar la solicitud de nulidad, como un recurso extraordinario, aun cuando la doctrina de la Sala de Casación Penal, ha establecido que: “…resulta imperioso destacar que la pretensión de nulidad absoluta no es un recurso ordinario ni extraordinario; por tanto, intentar utilizarla como una forma de recurrir una decisión de primera o segunda instancia, indefectiblemente, desnaturaliza la finalidad y esencia de la institución de la nulidad absoluta, que no puede ser sustitutiva de los recursos de apelación o casación” (Vid. Sentencia N° 1.210, del 23/06/2004 de la Sala de Casación Penal).

En este sentido, la Sala advierte que dicha actuación derivó en el quebrantamiento de la tutela judicial efectiva y el debido proceso, garantías descritas en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo cual no puede ser saneado ni convalidado por esta Máxima Instancia Judicial, ocasionando la nulidad del auto emitido en fecha 4 de febrero de 2025, por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, a través del cual se remitió a esta Sala el escrito de solicitud de nulidad propuesto por la defensa privada del ciudadano PEDRO MIGUEL TOVAR GONZÁLEZ, (antes identificado) de conformidad con lo previsto en el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal que establece:

“…Cuando no sea posible sanear un acto, ni se trate de casos de convalidación, el Juez o Jueza deberá declarar su nulidad por auto razonado o señalará expresamente la nulidad en la resolución respectiva, de oficio o a petición de parte. El auto que acuerde la nulidad deberá individualizar plenamente el auto viciado y omitido, determinará concreta y específicamente, cuales son los actos anteriores o contemporáneos a los que la nulidad se extiende por su conexión con el acto anulado, cuales derechos y garantías del interesado afecta como los afecta y, siendo posible, ordenará que se ratifiquen, rectifiquen o remuevan…”."


N° de Expediente: C25-437 N° de Sentencia: 513

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La exigencia de la defensa técnico-jurídica de las víctimas en el proceso penal, es un pilar esencial de un sistema judicial justo y garantista.


""(...) Si bien es cierto que la víctima posee un rol activo dentro del proceso penal, con derechos y facultades para intervenir en diversas etapas, así como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, no menos cierto es que, la interposición de un recurso de casación se enmarca en una fase extraordinaria y altamente técnica del proceso.

El recurso de casación requiere de un conocimiento profundo del derecho sustantivo y procesal, así como de la técnica casacional para su correcta formulación.

Al pretender la anulación de una sentencia por quebrantamientos de formas sustanciales o por infracción de la ley, a través del recurso de casación, se exige la argumentación de motivos específicos y la indicación de las normas jurídicas infringidas, lo cual escapa al conocimiento general de una persona que no posee formación jurídica. La víctima, aun cuando tiene el legítimo interés en la defensa de sus derechos, no puede suplir la función técnica y especializada que corresponde a un profesional del derecho en esta instancia.

El recurso de casación es un medio de impugnación excepcional y de carácter técnico-formal, no siendo su propósito la revisión exhaustiva de los hechos o la valoración de la prueba, sino el control de la legalidad de las sentencias dictadas por las cortes de apelaciones. Los motivos de casación están taxativamente establecidos en la ley y su correcta formulación requiere de un dominio de la dogmática jurídica y de la jurisprudencia.

Permitir que un recurso de casación sea presentado sin la debida asistencia letrada de un abogado, implicaría una flagrante vulneración al principio de seguridad jurídica y a la tutela judicial efectiva. Un recurso mal fundamentado, o que no cumpla con las formalidades exigidas por la ley, estaría abocado al fracaso, generando dilaciones innecesarias en el proceso y frustrando las expectativas de justicia de la propia víctima, y ello no contribuye al menoscabo de sus derechos, sino que garantiza que las actuaciones procesales se desarrollen dentro del marco de la legalidad y con las garantías que aseguren la correcta administración de justicia.

(...)el artículo 4, de la Ley de Abogados dispone lo siguiente:

“Toda persona puede utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses. Sin embargo, quien sin ser Abogado deba estar en juicio como autor, como demando o cuando se trate de quien ejerza la representación por disposición de la ley o en virtud de un contrato, deberá nombrar Abogado, para que lo represente o asista en todo el proceso…”

El texto de la referida norma, coincide con lo establecido en el artículo 87, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia el cual establece:

“Para actuar en cualquiera de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia se requiere la asistencia jurídica de una abogada o un Abogado que cumpla los requisitos que exige el ordenamiento jurídico”.

Por lo tanto, debe concluirse que la asistencia jurídica de un abogado es de obligatoria exigencia cuando se ejerza cualquier tipo de recurso, o solicitud establecida en nuestro ordenamiento jurídico, es por lo que esta Sala de Casación Penal debe DECLARAR INADMISIBLE el presente recurso de casación, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.""

viernes, 7 de febrero de 2025

La Tutela Judicial Efectiva

La Tutela Judicial Efectiva es un derecho fundamental reconocido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente en su artículo 26. Este derecho garantiza a toda persona el acceso a los órganos de administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses, y a obtener una respuesta oportuna y eficaz por parte de los tribunales.


¿Qué implica la Tutela Judicial Efectiva en el proceso penal?


En el ámbito penal, la Tutela Judicial Efectiva cobra especial relevancia, ya que se relaciona directamente con la protección de derechos fundamentales como la libertad personal, la presunción de inocencia y el debido proceso. Este derecho implica una serie de garantías para el imputado, entre las que destacan:


Acceso a la justicia: El imputado tiene derecho a acceder a los órganos judiciales para hacer valer sus derechos e intereses. Esto incluye la posibilidad de presentar recursos y acciones legales.

Derecho a ser oído: El imputado tiene derecho a ser escuchado por los tribunales en todas las etapas del proceso penal. Esto implica la posibilidad de declarar, presentar pruebas y argumentos en su defensa.

Derecho a una decisión fundada: El imputado tiene derecho a que los tribunales dicten decisiones motivadas y fundadas en derecho. Esto implica que las sentencias deben basarse en pruebas y argumentos jurídicos, y no en criterios arbitrarios.

Derecho a la ejecución de las decisiones: El imputado tiene derecho a que las decisiones judiciales sean cumplidas de manera efectiva. Esto implica que las sentencias condenatorias deben ejecutarse, pero también que las sentencias absolutorias deben tener plenos efectos.


¿Cuál es la importancia de la Tutela Judicial Efectiva en el proceso penal?


La Tutela Judicial Efectiva es un pilar fundamental del Estado de Derecho y del sistema de justicia penal. Su importancia radica en que garantiza que todas las personas tengan la posibilidad de defender sus derechos e intereses en el marco de un proceso penal justo y equitativo. Este derecho contribuye a evitar abusos y arbitrariedades por parte de las autoridades, y asegura que las decisiones judiciales se ajusten a la ley y a la Constitución.


¿Qué ocurre si se viola la Tutela Judicial Efectiva?


La violación de la Tutela Judicial Efectiva puede acarrear la nulidad de las actuaciones процеales y la responsabilidad disciplinaria, civil o penal de los funcionarios judiciales. Es por ello que los tribunales deben velar por el respeto de este derecho fundamental en todas las etapas del proceso penal.


En resumen, la Tutela Judicial Efectiva es un derecho fundamental que garantiza a toda persona el acceso a la justicia y la obtención de una respuesta oportuna y eficaz por parte de los tribunales. En el ámbito penal, este derecho cobra especial relevancia, ya que se relaciona directamente con la protección de derechos fundamentales del imputado.


ALGUNAS JURISPRUDENCIAS:


N° de Expediente: A24-110 N° de Sentencia: 451

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Los jueces tienen la obligación de pronunciarse sobre todos y cada uno de los alegatos planteados por las partes, cuando estos dada la relevancia jurídica puedan influir de manera determinante en la suerte del proceso, independientemente de que los alegatos sean acertados o no, favorables o no.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/337214-451-13824-2024-A24-110.HTML

Martes, 13 de Agosto de 2024


N° de Expediente: C24-184 N° de Sentencia: 268

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: No hay duda que pretender reclamar derechos que van en detrimento de la propiedad y el patrimonio de las personas, accediendo a la jurisdicción penal, con el solo fin de presionar y coaccionar con el solo objetivo de obtener beneficios al margen del ordenamiento jurídico, es lo que hoy se conoce como terrorismo judicial.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/334686-268-23524-2024-C24-184.HTML

Jueves, 23 de May de 2024


N° de Expediente: C24-136 N° de Sentencia: 228

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El proceso, desde el punto de vista jurídico fue concebido con la intención de cumplir con los fines del Derecho: la seguridad jurídica en cuanto se trata de un estatuto positivo y obligatorio, en el cual se determinan las fases, modo, tiempos y formas de cumplir con los actos que integran el proceso.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/334475-228-10524-2024-C24-136.HTML

Viernes, 10 de Mayo de 2024


N° de Expediente: C24-28 N° de Sentencia: 190

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Un valor estrechamente ligado a los Estado de Derecho que se concreta en exigencias objetivas de: corrección estructural (formulación adecuada de las normas del ordenamiento jurídico) y corrección funcional (cumplimiento del Derecho por sus destinatarios y especialmente por los órganos encargados de su aplicación).

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/334085-190-25424-2024-C24-28.HTML

Jueves, 25 de Abril de 2024


N° de Expediente: A24-43 N° de Sentencia: 143

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Todos los Tribunales de la República Bolivariana de Venezuela, en materia penal, deben concebir que el proceso como conjunto de actos, está sometido a formalidades esenciales, con ciertas condiciones de tiempo y de lugar, conforme a un orden preestablecido y una manera concreta para su validez jurídica.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/333699-143-11424-2024-A24-43.HTML

Jueves, 11 de Abril de 2024


N° de Expediente: C24-106 N° de Sentencia: 149

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La tutela judicial efectiva, constituye uno de los pilares fundamentales sobre el cual se sustenta la noción de Estado de Derecho, y tiene por finalidad última hacer prevalecer el orden jurídico y el respeto al imperio del derecho.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/333705-149-11424-2024-C24-106.HTML

Jueves, 11 de Abril de 2024


N° de Expediente: A23-426 N° de Sentencia: 115

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Los jueces de la República deben actuar conforme a sus atribuciones y competencias establecidas en las leyes, deben ser probos en su actuar, y velar por el cumplimiento de los principios legales y constitucionales que contempla nuestro ordenamiento jurídico.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/333051-115-14324-2024-A23-426.HTML

Jueves, 14 de Marzo de 2024


N° de Expediente: R23-527 N° de Sentencia: 027

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Inepta acumulación de Pretensiones. No podrán acumularse en el mismo libelo pretensiones que se excluyan mutuamente o que sean contrarias entre sí; ni las que por razón de la materia no correspondan al conocimiento del mismo tribunal; ni aquéllas cuyos procedimientos sean incompatibles entre sí.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/332517-27-8224-2024-R23-527.HTML

Jueves, 08 de Febrero de 2024


N° de Expediente: C23-517 N° de Sentencia: 017

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Lo no previsto en el Código Orgánico Procesal Penal en relación al tramite procedimental que se emane por naturaleza civil, debe estar sujeto a las normas contenidas en el Código de Procedimiento Civil, por cuanto no puede asumirse la existencia de una mixtura procedimental.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/332507-17-8224-2024-C23-517.HTML

Jueves, 08 de Febrero de 2024


N° de Expediente: C23-385 N° de Sentencia: 013

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La tutela judicial efectiva contemplada en el artículo 26 constitucional, implica la preservación del conjunto de derechos legítimos que el ordenamiento jurídico establece y que conforman la esfera plurisubjetiva de todo ciudadano y de la sociedad.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/332503-13-8224-2024-C23-385.HTML

Jueves, 08 de Febrero de 2024


N° de Expediente: CC23-287 N° de Sentencia: 326

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: En nuestro texto adjetivo no existe la figura del resguardo de ciudadanos. El principio fundamental establece que “Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti”.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/septiembre/328609-326-20923-2023-CC23-287.HTML

Miércoles, 20 de Septiembre de 2023


N° de Expediente: C23-148 N° de Sentencia: 236

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La justicia no puede bajo ningún concepto sacrificarse por la omisión de formalidades no esenciales, ya que ello no es cónsono con las disposiciones contenidas en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327067-236-14723-2023-C23-148.HTML

Viernes, 14 de Julio de 2023


N° de Expediente: C23-90 N° de Sentencia: 145

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Toda actividad procesal o judicial necesita para su validez llenar una serie de exigencias que le permitan cumplir con los objetivos básicos esperados, esto es, las estrictamente formales y las que se refieren al núcleo de dicha actividad.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/324437-145-14423-2023-C23-90.HTML

Viernes, 14 de Abril de 2023


N° de Expediente: C23-28 N° de Sentencia: 046

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Se debe precisar la distinción entre sujetos procesales y parte en el proceso penal a los fines de evitar equívocos, al momento de analizar la legitimidad o [cualidad], ya que no todo sujeto procesal puede ostentar la condición de parte.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/323300-046-10323-2023-C23-28.HTML

Viernes, 10 de Marzo de 2023


N° de Expediente: C22-360 N° de Sentencia: 042

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La protección de la víctima y la reparación del daño a la que tengan derecho serán también objetivos del proceso penal.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/323296-042-10323-2023-C22-360.HTML

Viernes, 10 de Marzo de 2023


N° de Expediente: C22-218 N° de Sentencia: 320

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Ha sostenido la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que los lapsos procesales legalmente fijados y jurisdiccionalmente aplicados no pueden considerarse simples “formalismos”, sino que éstos son elementos temporales ordenadores del proceso.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/320183-320-251022-2022-C22-218.HTML

Martes, 25 de Octubre de 2022


N° de Expediente: C22-106 N° de Sentencia: 286

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La falta de estadía a derecho, que debe ser considerada como una conducta contumaz o de rebeldía para afrontar la justicia venezolana, trae como consecuencia que el proceso penal de la referida quejosa se encuentre actualmente suspendido, razón por la cual impide que los Jueces y las Juezas que conocen del proceso penal puedan resolver o decidir peticiones de las partes.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/319722-286-131022-2022-C22-106.HTML

Jueves, 13 de Octubre de 2022


N° de Expediente: C22-83 N° de Sentencia: 277

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Resulta estrictamente necesario para esta Sala, recalcar la importancia y obligatoriedad del auto fundado de la audiencia preliminar y su naturaleza y objeto distinto al del auto de apertura a juicio.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/319713-277-131022-2022-C22-83.HTML

Jueves, 13 de Octubre de 2022


N° de Expediente: C22-204 N° de Sentencia: 237

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: En las sentencias, los jueces deben apreciar las pruebas incorporadas en el debate, analizándolas individualmente y confrontándolas unas con otras, expresando el valor que les merecen en función de la determinación de los hechos controvertidos, la participación y la culpabilidad del acusado.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/318493-237-4822-2022-C22-204.HTML

Jueves, 04 de Agosto de 2022


N° de Expediente: C22-111 N° de Sentencia: 146

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Los lapsos procesales legalmente fijados y jurisdiccionalmente aplicados no pueden considerarse simples “formalismos”, sino que éstos son elementos temporales ordenadores del proceso, esenciales al mismo.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/316472-146-6522-2022-C22-111.HTML

Viernes, 06 de Mayo de 2022


N° de Expediente: A21-167 N° de Sentencia: 041

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La solicitud de orden de aprehensión, requiere que los hechos sean narrados, precisando claramente su relación con él o cada uno de los imputados, según fuere el caso, lo que permitirá verificar cuál fue el hecho que cometió o cometieron, así como también cuándo y cómo fue realizado.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/315706-041-23222-2022-A21-167.HTML

Miercoles, 23 de Febrero de 2022


N° de Expediente: C21-13 N° de Sentencia: 035

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Dentro del conjunto de garantías que conforman la noción del debido proceso, entendido éste en su sentido formal, se encuentra el derecho de toda persona a ser juzgada de acuerdo con el procedimiento judicial establecido con anterioridad en la ley, ello en virtud del principio de legalidad procesal que rige en ordenamientos jurídicos como el venezolano.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/312078-035-13521-2021-C21-13.HTML

Jueves, 13 de Mayo de 2021


N° de Expediente: A20-67 N° de Sentencia: 161

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El derecho a la tutela judicial efectiva consiste en el derecho fundamental, que tienen todos los ciudadanos, entre otros aspectos, de obtener dentro de un proceso, por parte de los Jueces y Tribunales de la República, una decisión judicial que sea motivada, congruente, ajustada a derecho, y que se pronuncie sobre el fondo de los argumentos de las partes, de manera favorable o no a alguno de ellos; y el debido proceso constituye una garantía constitucional.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/310971-161-101220-2020-A20-67.HTML

Jueves, 10 de Diciembre de 2020


N° de Expediente: C20-35 N° de Sentencia: 155

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El derecho a la tutela judicial efectiva, de amplísimo contenido, comprende el derecho a ser oído por los órganos de administración de justicia establecidos por el Estado, es decir, no sólo el derecho de acceso sino también el derecho a que, cumplidos los requisitos establecidos en las leyes adjetivas, los órganos judiciales conozcan el fondo de las pretensiones de los particulares y, mediante una decisión dictada en derecho, determinen el contenido y la extensión del derecho deducido.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/310876-155-31220-2020-C20-35.HTML

Jueves, 03 de Diciembre de 2020


N° de Expediente: C20-46 N° de Sentencia: 151

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derechos de la Víctima. Los derechos consagrados a las víctimas nacen del mandato contenido en el artículo 30 Constitucional, referido a la obligación del Estado de proteger a las víctimas de delitos comunes y de procurar que los culpables reparen los daños causados, desarrollado como garantía procesal en el artículo 23 del texto adjetivo penal.

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/diciembre/310872-151-31220-2020-C20-46.HTML

Jueves, 03 de Diciembre de 2020


N° de Expediente: C20-59 N° de Sentencia: 106

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La sentencia definitiva es la de mayor transcendencia ya que pone fin al proceso y, en consecuencia, debe ser considerada entre los actos que, por su naturaleza, deben ser notificados personalmente a la parte interesada

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/310230-106-221020-2020-C20-59.HTML

Jueves, 22 de Octubre de 2020


N° de Expediente: C19-256 N° de Sentencia: 061

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Debe determinarse la comprobación del hecho punible tipificado en la legislación penal, debiendo ser previo e indefectible para su calificación jurídica

Ver Extracto:

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/309977-61-30720-2020-C19-256.HTML

Jueves, 30 de Julio de 2020


N° de Expediente: C19-197 N° de Sentencia: 249

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Competencia Subjetiva en el marco del proceso penal. Mediante reiterada jurisprudencia, este Máximo Tribunal ha definido el desistimiento como un acto jurídico que consiste en el abandono o renuncia positiva y precisa que hace el actor o interesado, de manera directa, ya de la acción que ha intentado, ya del procedimiento incoado para reclamar judicialmente algún derecho, o de un acto aislado de la causa, en fin, de algún recurso que hubiese interpuesto.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/308047-249-81119-2019-C19-197.HTML

Viernes, 08 de Noviembre de 2019


N° de Expediente: C19-197 N° de Sentencia: 249

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El derecho a un Juez imparcial, según reiterada doctrina constituye una garantía fundamental de la Administración de Justicia de un Estado de Derecho, a un proceso con todas las garantías, salvaguardando su neutralidad no sólo en los aspectos subjetivos sino también en los objetivos, referidos éstos a la vinculación que haya podido tener con la materia objeto del proceso, especial intensidad cuando la misma persona fue juzgador de instancia y órgano revisor de lo entonces resuelto.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/noviembre/308047-249-81119-2019-C19-197.HTML

Viernes, 08 de Noviembre de 2019


N° de Expediente: C19-65 N° de Sentencia: 098

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Notificaciones de los Actos Procesales. Los derechos de las víctimas deben ser tutelados por los administradores de justicia velando por el ejercicio pleno de los mismos, sin menoscabo de las facultades que legalmente tienen atribuidas en todo estado y grado de la causa.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/305096-098-20519-2019-C19-65.HTML

Lunes, 20 de Mayo de 2019


N° de Expediente: C18-56 N° de Sentencia: 147

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: El derecho a la tutela judicial efectiva (…) comprende el derecho a ser oído por los órganos de administración de justicia establecidos por el Estado y también el derecho a que, cumplidos los requisitos establecidos en las leyes adjetivas, los órganos judiciales conozcan el fondo de las pretensiones de los particulares y, mediante una decisión dictada en derecho, determinen el contenido y la extensión del derecho deducido.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/211883-147-31518-2018-C18-56.HTML

Jueves, 31 de Mayo de 2018


N° de Expediente: C15-390 N° de Sentencia: 232

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: No toda infracción de una norma procesal supone violación de una garantía constitucional y una situación de indefensión para una de las partes,

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/188413-232-16616-2016-C15-390.HTML

Jueves, 16 de Junio de 2016


N° de Expediente: R10-274 N° de Sentencia: 411

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Tutela Judicial Efectiva.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/octubre/411-71010-2010-R10-274.HTML

Jueves, 07 de Octubre de 2010


N° de Expediente: A09-104 N° de Sentencia: 331

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Justicia Expedita

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/331-7709-2009-A09-104.HTML

Martes, 07 de Julio de 2009


N° de Expediente: A09-104 N° de Sentencia: 331

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Justicia Expedita

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/331-7709-2009-A09-104.HTML

Martes, 07 de Julio de 2009


N° de Expediente: A07-0358 N° de Sentencia: 226

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Cosa Juzgada.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/226-22408-2008-A07-0358.HTML

Martes, 22 de Abril de 2008


N° de Expediente: C07-0575 N° de Sentencia: 183

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Motivación de la Sentencia de la Corte de Apelaciones.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/183-7408-2008-C07-0575.HTML

Lunes, 07 de Abril de 2008


N° de Expediente: C07-0575 N° de Sentencia: 183

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Motivación de la Sentencia de la Corte de Apelaciones.

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/183-7408-2008-C07-0575.HTML

Lunes, 07 de Abril de 2008


N° de Expediente: C06-0442 N° de Sentencia: 91

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Víctima

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Lunes, 19 de Marzo de 2007


N° de Expediente: C06-0101 N° de Sentencia: 304

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Tutela Judicial Efectiva

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/C06-0101-304.HTM

Jueves, 29 de Junio de 2006


N° de Expediente: C06-0009 N° de Sentencia: 164

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Tutela Judicial Efectiva

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/C06-0009-164.HTM

Jueves, 27 de Abril de 2006


N° de Expediente: C05-0365 N° de Sentencia: A-041

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Derecho a la Tutela Judicial Efectiva

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/A-41-C05-0365.HTM

Jueves, 27 de Abril de 2006


N° de Expediente: R06-0068 N° de Sentencia: 075

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La Tutela Judicial Efectiva vinculada con la seguridad jurídica

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/R06-0068-75.HTM

Jueves, 16 de Marzo de 2006


N° de Expediente: C03-0207 N° de Sentencia: 274

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: La no revisión de la admisibilidad del escrito de apelación - Vulneración de la tutela judicial efectiva

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/274-220703-C030207.HTM

Martes, 22 de Julio de 2003


N° de Expediente: 02-0115 N° de Sentencia: 269

Tema: Tutela Judicial Efectiva

Materia: Derecho Procesal Penal

Asunto: Tutela Judicial Efectiva

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/269-050602-020115.HTM

Miércoles, 05 de Junio de 2002