sábado, 21 de julio de 2012

Expusieron novedades del COPP en Jornada de Derecho Penal



Análisis/ Juristas explicaron ventajas y desventajas de esta ley procesal
Destacados expertos en materia legal, aportaron sus criterios con relación a las disposiciones establecidas en la nueva reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP)

(Hebert Morillo Carrizo | hebert.carrizo@Gmail.com) - Las novedades de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) quedaron de manifiesto en una jornada que se llevó a cabo en las instalaciones de la Sociedad Anticancerosa del estado Trujillo, donde un nutrido grupo de estudiantes y profesionales se dio cita para escuchar las ponencias de destacados especialistas del derecho, quienes aportaron sus criterios con relación a las disposiciones establecidas en el referido instrumento legal.
       El presidente del Comité Organizador, Félix Berrueta, informó que el evento se realizó con la intención de reforzar los conocimientos en los estudiantes, actualizar a los profesionales e informar al público en general. Para cumplir con tal cometido se presentaron interesantes tópicos, entre ellos, la participación de los Consejos Comunales en el proceso penal, la función de los nuevos Tribunales Penales Municipales, la admisión de los hechos, las innovaciones procesales, entre otros.
       Tribunales Penales de Municipio
       El abogado, Rafael Simancas habló sobre la relevancia de una nueva figura judicial, como lo son los Tribunales Penales de Municipio, los cuales consideró necesarios y muy favorables para descongestionar los tradicionales órganos jurisdiccionales y así facilitar la celeridad procesal.
       En tal sentido explicó que un tribunal en materia penal a nivel de municipio, estaría atendiendo aquellos delitos menores que estipulan penas no mayores a los 8 años de cárcel.
       Acumulación de penas y delitos
       Por su parte el jurista, Vicente Contreras, realizó una intervención donde sacó a relucir aquellas disposiciones legales del COPP que contempla la acumulación de penas y delitos, en este contexto dijo que con la reforma del COPP ninguna acción calificada como delictiva quedará impune, pues la pena que se le impondrá al imputado será la suma de todos aquellos cargos que se le llegaren a comprobar, siempre y cuando la sanción no exceda los 30 años de prisión, la cual es la pena máxima que se aplica en el país.
       Contreras hizo una comparación con el anterior COPP e indicó que hasta hace poco, a un ciudadano que hubiere cometido varios delitos se le sancionaba en base a la infracción más grave y se le añadía un agravante más por los otros cargos, mientras que hoy día de acuerdo a los delitos perpetrados, se le suma cada una de las penas tipificadas en la ley.
       Participación ciudadana
       Como parte de las políticas de Estado, el gobierno viene impulsando la participación del Poder Popular, incluso en el área judicial, es por ello que la abogada, Verónica Vielma habló sobre los Consejos Comunales como medio de participación ciudadana en el proceso penal venezolano.
       A juicio de Vielma, "muchas de las nuevas leyes o reformas en el ordenamiento jurídico venezolano son un engaño al ciudadano", luego de realizar tales declaraciones, consideró que el gobierno se encarga de promocionar el plano legislativo con una serie de supuestos beneficios, cuando en realidad no hay mayores avances.
       Para Vielma la figura del escabinado debió conservarse, pues aunque está consciente que muchas de las personas que les correspondía representar ese cargo intentaban evadirlo, situación que la profesional del derecho atribuyó al proceso de selección del escabino y no a la persona como tal.
       La ponente puso en tela de juicio la participación de los Consejos Comunales en el proceso judicial, pues considera que dichas organizaciones están enfocadas a la gestión comunitaria y la administración de recursos para ejecución de obras sociales, mas no en la administración de justicia.
       De manera aclaratoria citó una de las disposiciones del COPP y especificó que el Poder Popular no tendrá participación en la fase investigativa, sino después que se impongan los cargos, específicamente en el proceso de seguimiento, reinserción y evaluación del penado.
       Juicio en ausencia
       Con la más reciente reforma del COPP existe la posibilidad de celebrar un juicio en ausencia del imputado, situación que ha causado diversas posiciones, para el abogado y docente, Víctor Cardoza, esta nueva disposición constituye una violación a la Constitución Nacional.
       Con base en ello, Cardoza subrayó el artículo 49 de la Carta Magna que establece el debido proceso, para garantizar la defensa y la asistencia jurídica. También citó el artículo 26 del texto constitucional que contempla la tutela judicial efectiva.
       El profesor universitario hizo la salvedad que la única manera viable de efectuar un juicio en ausencia, es cuando el involucrado opte por no asistir, ni enviar a un defensor legal, pese a que tenga conocimientos de los cargos que se le acusan.
       Hay que saberlo
       Según su disposición final primera, esta nueva ley procesal entra en vigencia íntegramente el día 1° de enero de 2013, aun cuando su disposición final segunda consagra la vigencia anticipada de 56 de sus normas, que ya se encuentran en pleno vigor.
       De la revisión efectuada al nuevo COPP, se puede constatar que se crearon 28 nuevos artículos y se eliminaron 63. Hubo una modificación de forma en 77 artículos y de fondo en 106, mientras que 310 artículos se mantienen sin ningún tipo de alteración.
http://www.diarioeltiempo.com.ve/V3_Secciones/index.php?id=154762012


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