Por los Editores de VenEconomía
El Gobierno de Hugo Chávez lleva 11 años arrebatando sus derechos a los venezolanos. En estos largos años el Gobierno ha invocado a los derechos humanos para impedir su realización efectiva o excusar su conculcamiento. Peor aún, se ha usado la defensa espuria de unos derechos como comodín para abolir otros derechos fundamentales, donde el único que ha salido ganando es el “proceso revolucionario”.
La barbarie y el despojo constitucional han sido tan recurrentes y sistemáticos que los ciudadanos y la sociedad como un todo, ya parece que han perdido su capacidad de reacción.
Una contundente evidencia de este estado de sopor de la población es la inacción, pasividad y lasitud mostrada frente a los hechos con los que el Gobierno ha derogado la Constitución y ha proscrito derechos inalienables del ser humano, incluyendo el de la libertad y el de la propiedad privada, entre otros.
Un ejemplo viene con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado Francisco Carrasquero, del 30 de octubre de este año, donde se echa por tierra el deber constitucional del Ministerio Público de imputar previamente al presunto autor o participe de un hecho punible antes de dictarle auto de aprehensión.
El caso es que la imputación está intrínsecamente ligada al principio acusatorio. La Constitución de 1999 y el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) establecen que toda persona tiene el derecho de conocer antes se ser aprehendida, que va a ser sujeto de investigación por un delito, cuál es el delito y por qué le es imputado el mismo. La única excepción a ese mandato es que la persona haya sido agarrada en flagrancia cometiendo el delito.
No obstante, de ahora en adelante, y gracias al magistrado Carrasquero, este legal derecho ha sido borrado de un tirón, y se pone a merced de cualquier fiscal decidir sobre el derecho de los ciudadanos a la libertad.
La Fundación para el Debido Proceso denuncia en su página web que esta Sentencia “viola el debido proceso, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la tutela judicial” así como también “la igualdad entre las partes”, pues como bien recuerda la Fundación, el Ministerio Público es sólo “una parte del proceso”, al igual que lo son el imputado y su defensa.
Otro ejemplo de gravedad extrema lo contiene la Ley de Tierras Urbanas, publicada en la Gaceta Oficial del 21 de octubre, donde con tres de sus artículos se extermina de raíz el derecho a la propiedad privada en Venezuela.
Con el artículo 2, que le otorga a las tierras urbanas una función social, se podrá despojar a una persona de un bien legítimo, y su propiedad se la reservará el Estado para sí. Aunque ese bien podrá ser asignado a otra persona, el Estado no le otorgará el derecho de propiedad, sino el de uso, lo que cercena el derecho a la propiedad privada.
Con el artículo sexto, que define lo que se entiende por tierra urbana sin uso, se establece que el Ejecutivo Nacional podrá decidir qué es o qué no es tierra urbana “sin uso”. Esto le da al Ejecutivo un poder extremadamente discrecional y arbitrario. Es decir, todo terreno edificado o no puede ser sujeto de la Ley, a placer de los gobernantes. Y el artículo 17, que establece que “la República” tiene el derecho de preferencia para adquirir las tierras urbanas, por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley, entre los que se cuenta la expropiación y la confiscación.
Estas dos “perlas” son la tapa del mismo frasco de la dictadura comunista donde se ha sumido a Venezuela, mientras sus ciudadanos hibernan cual lirones.
VenEconomía, empresa dedicada desde 1982 al estudio y análisis del acontecer nacional, es hoy día la principal casa editora de publicaciones especializadas en el ámbito de los negocios en Venezuela.
http://www.laht.com/article.asp?ArticleId=347112&CategoryId=13303
domingo, 22 de noviembre de 2009
VenEconomía: Indefensión Total
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