November 9, 2009.
El artículo de opinión trata de poner en perspectiva los hechos sociales y sus consecuencias. El autor procura orientar al público.
Por Carlos Larreátegui
En un nuevo ataque a la libertad de opinión y con un desconocimiento temerario sobre géneros periodísticos, la asambleísta Betty Carrillo, presidenta de la Comisión de Comunicación, ha propuesto una norma legal que convierte a los medios de comunicación en corresponsables de los artículos de opinión que publiquen o difundan. Los artículos de opinión llevan siempre una firma que vuelve a sus autores responsables de sus juicios y afirmaciones.
Su propósito no es informativo y se construyen sobre las ideas, convicciones, interpretaciones y valoraciones de sus autores. Bajo el criterio de la asambleísta Carrillo, las radios, las televisoras deberían también ser corresponsables por las opiniones de sus entrevistados. Pocas veces se ha planteado un absurdo tan grande. Hubiera sido más honesto que la asambleísta Carrillo proponga la eliminación total de los artículos de opinión que se opongan al pensamiento único. Mejor lucir autoritaria y no desubicada.
El artículo de opinión trata de poner en perspectiva los hechos sociales y sus consecuencias. Sin duda, el autor procura orientar la opinión pública e influirla, pedir incluso un determinado comportamiento a los ciudadanos. Es incuestionable que los editoriales de opinión están marcados por la formación e ideología de sus autores y en ello, precisamente, estriba su valía. Se trata de brindar al lector una interpretación posible de hechos o conductas que los ciudadanos son libres de acoger, criticar o rechazar.
Lo importante es que los medios sean plurales y que acojan perspectivas diferentes bajo un estricto respeto a la verdad y a la honra ajena. Haría bien la asambleísta Carrillo en consultar su propuesta a varios de los antiguos editorialistas que hoy comparten su línea política y que escribieron artículos de opinión en diversos medios. ¿Qué piensan algunos escritores y analistas como Xavier Ponce, Alberto Acosta, Aminta Buenaño, Orlando Pérez, Francisco Carrión y hasta el mismo presidente Correa de su exótica propuesta? La aplicación de la regla ‘Carrillo’ habría impedido a sus coidearios opinar en los medios con libertad.
El Derecho Penal establece claramente la responsabilidad individual, por lo que los artículos de opinión vinculan exclusivamente a sus autores. Haría bien la asambleísta y ‘jurista’ Carrillo en revisar estos conceptos y verificar que la ley penal ecuatoriana protege a las personas de las posibles calumnias o falsedades que un articulista pudiera proferir. Así como las casas editoriales no responden por los contenidos de sus publicaciones, los medios de comunicación no podrían responder por los juicios de sus columnistas de opinión.
http://ww1.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=315274&id_seccion=1
martes, 10 de noviembre de 2009
Ecuador - Derecho de Opinar
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