FRANCISCO ABAD
DESDE BARCELONA.- La impunidad reinante en el país es consecuencia de la mala aplicación del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), por lo que la nueva Asamblea Nacional (AN) debe examinarlo a fondo para identificar sus debilidades y fortalecerlo, ajustándolo a la realidad que vivimos.
Los venezolanos requerimos que sin demora se haga una reingeniería del sistema penal, vale decir; que se fortalezcan los subsistemas que lo conforman para que podamos tener una Fiscalía del Ministerio Público (FMP) idónea y preparada, presta a responder con la prontitud en cada caso; una policía de investigaciones sana y capacitada para esclarecer los delitos; jueces de carrera fijos, prestigiosos, independientes e imparciales, y una población bien informada, protegida y decidida a participar.
Los ciudadanos no confían en el actual sistema judicial porque lo perciben ineficaz y corrupto, lo que ha hecho crecer exponencialmente los índices delictivos. Los testigos de los crímenes no están preparados para ser partes del juicio oral y público como está concebido en el COPP, porque ello significa enfrentar cara a cara a los delincuentes y su entorno; generalmente, gente del mismo barrio donde viven y con los que deben convivir a diario, lo que obviamente, por su propia seguridad los inhibe decir la verdad de los hechos que presenciaron y la de los suyos. En oportunidades hasta se ven obligados a retractarse de sus afirmaciones por miedo. Por otro lado, la policía que llega primero a la escena del crimen no la resguarda como se debe y permite que se contamine o no elabora eficazmente el acta policial, lo que mata el proceso desde su origen. La FMP, atiborrada de trabajo, con pocos fiscales y sin el entrenamiento adecuado, no puede responder en el tiempo que manda el COPP, con lo que comienza el retardo judicial y la improvisación. El juez que debe decidir de acuerdo con la verdad que está en el expediente, lo hará obligado por las circunstancias, lo que en muchas ocasiones lo obligará a dictar sentencias que serán legales, pues llenaron los extremos de ley pero injustas, porque él sabe que está liberando a delincuentes que merecían ser condenados, por las fallas del sistema.
Si a lo expuesto le sumamos que hay indicios suficientes para que pensemos que el proceso penal está siendo usado como un arma de venganza y amedrentamiento político para criminalizar la disidencia mediante la politización de la justicia, tenemos que concluir que atravesamos una crisis profunda del sistema judicial patrio, cuyo origen está en su falta de independencia, honestidad y en la falta de formación y capacitación de los actores del proceso penal.
Por estas razones, se impone una amplia discusión de la venezolanidad, encabezada por los nuevos diputados a la AN, para buscarle salidas a esta situación que nos aleja aceleradamente de la civilización y nos acerca rápidamente a la barbarie del ojo por ojo y diente por diente; pero, las leyes no resuelven por sí solas los problemas, hace falta voluntad y, en este caso, acción, responsabilidad y compromiso, porque las instituciones existen y sus competencias están determinadas por la ley.
http://www.eltiempo.com.ve/noticias/default.asp?id=354453
jueves, 14 de octubre de 2010
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- Argentina. Convenio con Venezuela sobre tráfico ilícito de estupefacientes, Ley 25.347, 2000-11-01
- Argentina. Convenio con Venezuela sobre uso indebido y trafico ilícito de estupefacientes, Ley 23.865, 1990-09-27
- Brasil. Acuerdo de Prevención al Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Decreto nº 99.758, 03-12-1990
- Brasil. Tratado de Extradición, Decreto nº 5362, 12-03-1940
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del 24-03-00 GO Extraordinaria No. 5.453
- Convenio de Asistencia Legal Mutua en Materia Penal suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Popular China
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