Según la psiquiatra Patricia Gorra, directora del hospital El Sauce y miembro del comité que analizará la polémica iniciativa del Gobierno, sólo 1 de cada 10 victimarios son alienados que no pueden ser penados.
Domingo, 11 de octubre de 2009
"El 90 por ciento de los delincuentes sexuales son imputables, no son alienados", sentenció Patricia Gorra, miembro del comité de expertos que deberá determinar si se aplica la castración química como propuso el Gobierno la semana pasada.
La psiquiatra, que también es directora del hospital El Sauce, afirmó: "Si se hace el diagnóstico de personalidad de base y se determina que la persona tiene severos trastornos de la personalidad, es reincidente y no ha respondido a tratamientos psicoterapéuticos ni farmacológicos, hay que evaluar la castración química, siempre y cuando esté (el violador) de acuerdo".
Gorra explicó también que del 90 por ciento de los delincuentes sexuales, 30 por ciento no tienen grandes trastornos psicopatológicos de su personalidad, es decir de su conducta sexual social. "Aparece aquí la parafrenia sexual y se da cuando el sujeto tiene una doble conducta sexual, una social y otra en su vida privada".
Pero también la especialista aclaró que "hay que explicar bien que existe una asociación común que tiende a relacionar a la psicopatía con los delitos sexuales, y no siempre una cosa implica la otra".
En este marco detalló que la persona que comete delitos sexuales debe tener dificultad para aceptar la ley y una historia socioambiental. "Los estudios indican que 10 por ciento de los delincuentes sexuales sí son inimputables porque tienen problemas de personalidad, son psicóticos o tienen manías", señaló la profesional.
La psiquiatra apuntó que 70 por ciento de los delincuentes sexuales tienen trastornos de la personalidad con conductas psicopáticas, pero pueden tener o no perturbaciones sexuales manifiestas.
Gorra entiende que el psicópata pasa del pensamiento a la acción sin importarle la sanción, no reflexiona, hay falta de remordimiento, no aprende de la experiencia y es agresivo. Un sujeto psicopático, que además tiene conductas sexuales perversas, es una mala asociación", consideró.
La miembro del comité de expertos explicó que los parafílicos son las personas que sustituyen la actividad sexual por una alternativa: "El objeto del deseo sexual no es la necesidad humana normal sino que se desvía a otra práctica como el sadismo, la necrofilia o la paidofilia, y debe ser sistemática y preferencial".
Inconstitucional
Gabriela Abalos, profesora de Derecho Constitucional de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Universidad de Mendoza y también vicedirectora del Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos, opinó con respecto a la intención del gobierno de instrumentar la castración química: "Suena a una sanción adicional, porque el que cometió un ilícito ya cumple la pena y si la persona no vuelve a cometer otro acto, el Estado no tiene por qué involucrarse más".
La académica manifestó: "Conforme a la Constitución y a los Tratados de derechos humanos que tienen jerarquía constitucional en Argentina, está muy claro el derecho a la integridad física, que supone que ni el Estado ni un tercero pueden ocasionar un daño contra la integridad física de nadie".
Abalos indicó además que "es entendible que la gente quiera un castigo como éste, pero el Estado debe estar por encima de esas intenciones y debe buscar el equilibrio entre la intención, la sanción y obviamente el derecho de la persona que violó".
Desde el Consejo Asesor en Políticas de Seguridad Pública, su titular, Roberto Godoy Lemos, no dudó en afirmar que la castración química no se puede aplicar si no hay una previa discusión en el Congreso de la Nación.
Y agregó: "El Congreso es el ámbito natural de discusión de estos temas y en esa discusión habrá que ver si la Constitución lo permite o no. Este tema no se puede resolver localmente. Hace falta acompañar a los condenados por violación con un tratamiento médico y psiquiátrico específico que hoy no se hace".
Al igual que Godoy Lemos, la fiscal de instrucción y miembro del Instituto de Altos Estudios de Derecho Procesal Penal y Derecho Penal Comparado, Susana Musianissi, explicó que para aplicar la castración química "habría que modificar el Código Penal, que fija (sólo) cuatro penas: reclusión, prisión, multa o inhabilitación". Gastón Bustelo - gbustelo@losandes.com.ar
http://www.losandes.com.ar/notas/2009/10/11/sociedad-450875.asp
domingo, 11 de octubre de 2009
Argentina - Castración química: el 90 por ciento de los violadores son imputables
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