Sentencia No. 644 de la Sala Constitucional, del 30 de mayo de 2013, Ponente Dra. CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, Exp.: 12-0164 en Solicitud de Revisión:
"... al haberse decretado el sobreseimiento de la causa por cuanto los hechos no revisten carácter penal, las costas corresponden en el caso concreto al querellante como indemnización o compensación debida por haberse ocasionado el litigio."
"... al haberse decretado el sobreseimiento de la causa por cuanto los hechos no revisten carácter penal, las costas corresponden en el caso concreto al querellante como indemnización o compensación debida por haberse ocasionado el litigio."
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