El equilibrio entre el poder punitivo estatal y las garantías de los ciudadanos, es lo ideal
Abogado penalista
Apunta el Dr. Llobet ( Página Quince, La Nación , 13/08/09), con acierto, diversos motivos que propician el “auge del populismo punitivo” en nuestro país.
En este mismo sentido, quisiera aportar un par de elementos que en mi criterio han favorecido esta situación, lo que provoca una falsa sensación de mayor inseguridad y cuyo resultado más notorio es la creación de abundante normativa que pretende combatir el crimen, pero que inevitablemente genera la restricción de garantías de diverso orden de todos los ciudadanos.
Tengamos en cuenta que no es cierto que la batalla sea entre malos y buenos o entre ciudadanos honrados y delincuentes. Se trata de lograr un equilibrio entre el poder punitivo estatal como depositario del control social y las garantías de todos los ciudadanos que actúan como contrapeso frente a este poder.
Y si bien este populismo punitivo lo genera la prensa que vive de la noticia criminal y los políticos ávidos de sumar votos y sin ideas frente al fenómeno de la delincuencia, es cierto, además, que actualmente algunos colegas que se presumen expertos, alimentan desmedidamente esta situación.
Manipulación. Patrocinan una conveniente defensa a ultranza de las víctimas, ofreciéndoles un discurso complaciente cuando, en realidad, se les utiliza y hasta se les revictimiza para lograr publicidad, posicionamiento político y beneficios económicos.
Esto ha venido creando una nefasta pseudoescuela, que no es más que un calculado populismo victimológico.
Por otro lado, están los que, siendo efectivamente expertos, se inclinan por la creación de un verdadero derecho penal del enemigo. Recogen el clamor de mayor seguridad y lo pretenden solucionar, creando dos tipos de población: los ciudadanos honorables y los delincuentes, que vienen a ser los enemigos de los primeros.
Así, la normativa penal y procesal penal deja de ser una garantía para todos los ciudadanos y la convierten en un mero procedimiento cada vez más riguroso para castigar a quienes han encasillado previamente como delincuentes.
De esta manera, las reformas legales que proponen y logran, no son más que una respuesta populista para crear una sensación de seguridad en la población, basada únicamente en el endurecimiento de la ley, a sabiendas de que lo que se crea es un círculo vicioso, donde muy pronto esas leyes ya no serán útiles, pues siempre van a generar nuevas formas delictivas como respuesta y nuevamente más sensación de inseguridad y más demanda de nuevas leyes más duras. Se concentran los esfuerzos únicamente en la función represiva y olvidan totalmente la preventiva.
Entonces, poco a poco, el respeto al debido proceso se convierte en una utopía y el derecho a la defensa en una norma simbólica.
Es obligación de todos los ciudadanos y en especial de todos los actores jurídicos, velar porque la balanza nunca se incline hacia la restricción desmedida e impensada de nuestras garantías, pues en algún momento podríamos ser víctimas indefensas de ese frenesí por el castigo.
http://www.nacion.com/ln_ee/2009/septiembre/07/opinion2080992.html
miércoles, 9 de septiembre de 2009
Costa Rica - Enemigos del derecho penal costarricense
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
Sitios en Internet de Derecho Penal y Procesal Penal
- Actualidad Penal - Roger Lòpez
- O maior site de ciencias criminais em língua portuguesa
- The Corrupt Practices Investigation Bureau
- American Academy of Psychiatry and the Law
- The International Centre for Criminal Law Reform and Criminal Justice Policy
- Web site de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología
- Revista General de Derecho Penal - España
- Revista Virtual del Instituto Peruano de Investigaciones Criminológicas
- Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradicción - OEA
- Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales - México
- Centro de Investigación Interdisciplinaria en Derecho Penal Económico - Argentina
- Revista Electrónica Semestral de Políticas Públicas en Materias Penales - Chile
- Centro de Estudios de Derecho Penal - Chile
- Sala Tercera Corte Suprema de Justicia - Costa Rica
- Derecho Penal - Perú - Suiza
- Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología
- Derecho Penal On line
- Instituto Brasileiro de Ciencias Criminais
- Instituto Nacional de Ciencias Penales de México
- Instituto de Derecho Penal Max Planck
- Archivo digital de la Revista Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología
- Portal Iberoamericano de las Ciencias Penales
- Revista de Ciencias Penales
- Asociación Pensamiento Penal
- Asociación Pensamiento Penal - Argentina
Tratados, Códigos, Leyes, Decretos
- Acuerdo de Cooperación y Asistencia Judicial en Materia Penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Venezuela
- Acuerdo entre la Republica del Ecuador y la Republica de Venezuela sobre prevencion, control, fiscalizacion y represion del consumo indebido y trafico ilicito de estupefacientes y sustancias psicotropicas
- Acuerdo entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Venezuela sobre Prevención, Control, Fiscalización y Represión del Consumo Indebido y Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas
- Argentina. Convenio con Venezuela sobre tráfico ilícito de estupefacientes, Ley 25.347, 2000-11-01
- Argentina. Convenio con Venezuela sobre uso indebido y trafico ilícito de estupefacientes, Ley 23.865, 1990-09-27
- Brasil. Acuerdo de Prevención al Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Decreto nº 99.758, 03-12-1990
- Brasil. Tratado de Extradición, Decreto nº 5362, 12-03-1940
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del 24-03-00 GO Extraordinaria No. 5.453
- Convenio de Asistencia Legal Mutua en Materia Penal suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Popular China
- Convenio entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre Asistencia Legal Mutua en Materia Penal
- Convenio entre la República de Venezuela y la República Dominicana sobre Asistencia Judicial en Materia Penal
- Convenio sobre Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República del Paraguay y la República de Venezuela
- Código de Instrucción Médico Forense del 01/08/1878 GO No. 1.443
- Código Orgánico de Justicia Militar
- Decreto contra el Acaparamiento, Boicot y Especulación GO 38628, 16-02-07
- Extradition Treaty with Venezuela, 1922-01-19 en Inglés.
- Ley Aprobatoria del Convenio entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República de Cuba sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal
- Ley contra el Secuestro y la Extorsión GO Nº 39.194 del 05-06-09
- Ley Contra la Corrupción del 07/04/2003 GO No. 5437E
- Ley Contra la Corrupción GO N° 5.637 Extraordinario 07-04-03
- Ley Contra la Delincuencia Organizada del 26/10/2005 GO No. 5789E
- Ley Contra los Ilícitos Cambiarios GO Nº 39.425
- Ley de Antecedentes Penales
- Ley de Armas y Explosivos GO N° 1.081 Extraordinaria 23-01-67
- Ley de Beneficios en el Proceso Penal
- Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Defensa Pública del 22-09-08 GO No. 39.021
- Ley de Reforma Parcial del COPP del 04-09-09. GO Extraordinaria 5.930
- Ley de Reforma Parcial del Código Penal del 13-04-2005. GO No. 5.768
- Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas, y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico del 22-09-08. GO No. 39.021
- Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del 05/01/07 GO No. 38.598
- Ley Especial contra los Delitos Informáticos del 30-19-01. GO No. 37.313
- Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas del 16/12/2005 GO No. 38.337
- Ley Orgánica del Ministerio Público del 19/03/2007 GO No. 38.647
- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del 23/04/2007 GO No. 38.668
- Ley para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes en Salas de Uso de Internet, Videojuegos y otros Similares
- Ley Penal del Ambiente del 03/01/1992 GO No. 4358E
- Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores del 26/7/2000 GO No. 37.000
- Tratado de Asistencia Juridica Mutua en Asuntos Penales entre la República Oriental del Uruguay y la República de Venezuela
- Tratado de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Venezuela
No hay comentarios.:
Publicar un comentario