domingo, 24 de junio de 2012

Califican de "arbitraria e inconstitucional" la reforma del COPP


El sub-secretario general nacional de Alianza al Bravo Pueblo y coordinador del Foro, Cipriano Heredia, aseguró que con esta reforma el Gobierno Nacional ejercerá un mayor control sobre los procesos judiciales, lo que cierra las posibilidades para cualquier juicio libre e independiente para los venezolanos.

EL UNIVERSAL
viernes 22 de junio de 2012  10:10 AM

Caracas.- En el marco del Foro de Políticas Públicas, que realiza semanalmente el partido Alianza Bravo Pueblo, el sub-secretario general nacional de esa organización y coordinador del Foro, Cipriano Heredia, manifestó su preocupación por el uso que le ha dado el Presidente de la República a las leyes habilitantes.

"En el caso del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) es simplemente inconstitucional, arbitrario e inaceptable que se haya modificado una norma de carácter procesal penal por la vía de la Habilitante, por la vía de un decreto-ley, cuando es una materia que, según la Constitución, está estrictamente reservada a la Asamblea Nacional, es decir, es de reserva legal. Nunca debió ocurrir que el Presidente, con unas facultades usurpadas, se atreviera a modificar una norma de carácter procesal penal", sentenció Heredia.

El dirigente aseguró que con esta reforma el Gobierno Nacional ejercerá un mayor control sobre los procesos judiciales, lo que cierra las posibilidades para cualquier juicio libre e independiente para los venezolanos.

El Sub secretario general de ABP rechazó la utilización indebida de la habilitante por el Ejecutivo Nacional. "Desde el año 1999 el Presidente ha utilizado 4 leyes habilitantes y en cada una de ellas ha dejado decenas de decretos-leyes. De hecho es el Presidente que más decretos-leyes ha emitido a lo largo de la historia del país. Lleva ya 213 decretos usurpando funciones de la Asamblea Nacional. Esta última habilitante fue dada en condiciones vergonzosas a través de una Asamblea que había sido electa con menos del 20% de los votos y que entregó todo su poder legislativo cuando le faltaban unos días para el vencimiento de su período".

Cipriano Heredia rechazó que sólo una muy pequeña parte de los decretos emitidos vía habilitante haya sido utilizada para resolver la contingencia dejada por las lluvias. "El Presidente emitió 46 decretos leyes bajo esta figura y apenas seis de ellos tuvieron que ver con el tema de las lluvias (excusa utilizada para solicitarla) y el resto se utilizó para aumentar el control político que ejerce el gobierno sobre las instituciones y la sociedad; así como para aumentar el control político sobre la Justicia".

Por otra parte, el abogado penalista y profesor universitario, Alberto Arteaga Sánchez, quien fungió como ponente en el Foro, señaló que con la reciente reforma del Código Orgánico Procesal Penal se ha dado un paso atrás en el sistema jurídico venezolano.

"Cabe destacar en primer lugar la inconstitucionalidad de un decreto-ley que se ha impuesto para reformar el Código Orgánico Procesal Penal. Tratándose de un código que regula la libertad de los venezolanos. El debido proceso en materia penal no puede provenir del Ejecutivo".

Además, "la libertad de los ciudadanos no puede estar en manos del Presidente de la República, como ha ocurrido con la aprobación del COPP por vía habilitante. Esto no tiene precedente entre nosotros y pone en evidencia que la libertad de la ciudadanía queda en manos del Presidente sin las garantías de la consulta, sin las garantías del pluralismo político, lo cual precisamente ocurre cuando proviene de la Asamblea Nacional, que es el organismo encargado de dictar tanto el Código Penal, como el Código Orgánico Procesal Penal".

Arteaga Sánchez sostuvo que la reforma del COPP no aporta soluciones para el problema de la delincuencia, ni el retardo procesal, ni la impunidad. "Estos problemas no se resuelven con leyes, estos problemas deben ser afrontados con una verdadera política criminal que tome en cuenta aspectos que impliquen la modificación de los componentes que administran justicia. Requerimos de manera urgente un mejor funcionamiento de los organismos competentes de administrar justicia, me refiero a las policías, a la Fiscalía General de la República, a los Tribunales, y por supuesto al sistema penitenciario. El avance en el sistema judicial sólo se logrará en la medida que tengamos un funcionamiento eficaz de esos órganos administradores de justicia. El problema no está en la ley, sino en los que la aplican".

El abogado penalista Alberto Arteaga explicó que después de hacer una revisión detallada de la reforma, llegó a la conclusión de que Venezuela retrocedió en materia judicial. Explicó que en años anteriores se había logrado sustituir un proceso secreto y hermético por uno abierto y con plenos derechos para los implicados.  Sin embargo, comentó que después de esta modificación, se eliminaron los privilegios de juicios justos para los acusados a cargo de jueces imparciales.

Arteaga criticó que con la nueva resolución, se puedan confiscar los bienes de un acusado sin estar comprobada la culpabilidad, a través de una sentencia firme, y manifestó que esta nueva reforma del COPP no arrojará resultados tangibles. "Esta reforma traerá descongestionamiento en las cárceles, pero no por mejoras en el sistema, sino por reformas que permitirán la liberación indiscriminada de los presos; que lejos de responder a las quejas que tiene la población por impunidad, lo que hace es incrementarla".

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